Sociedad

La ley LGTBI de Andalucía contempla dar hormonas a menores transexuales aunque se opongan sus padres

La normativa andaluza obliga al personal sanitario a priorizar la voluntad del niño

Jaén Actualizado: Guardar
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La proposición de ley para para garantizar los derechos de las personas que se reconocen como lesbianas, homosexuales, bisexuales y transexuales (LGTBI) que tramita el Parlamento andaluz contempla que los menores de edad que quieran un tratamiento hormonal para adquirir caracteres del sexo contrario podrán recibirlo aunque se opongan sus padres o tutores.

En concreto, la ley explicita que ante la negativa de los padres o tutores a autorizar los tratamientos previstos, el personal sanitario atenderá al interés superior del menor a su salud en sentido amplio, entre tanto no reciba orden judicial en contra. En su artículo 13, la proposición resalta que las personas transexuales menores de edad tienen derecho a recibir tratamiento médico para garantizar el desarrollo adecuado a su sexo sentido, proporcionado por profesionales pediátricos mientras estén en edad pediátrica.

Así, los menores transexuales tendrán derecho a recibir tratamiento para el bloqueo hormonal al inicio de la pubertad, situación que se determinará con la utilización de datos objetivos, como la medición del nivel de testosterona, la velocidad de crecimiento o la madurez de los ovarios y gónadas con objeto de evitar el desarrollo de caracteres sexuales secundarios no deseados.

Por lo mismo, los menores tendrán asimismo derecho a recibir tratamiento hormonal en el momento adecuado de la pubertad para favorecer que su desarrollo corporal se corresponda con el de las personas de su edad, a fin de propiciar el desarrollo de caracteres sexuales secundarios deseados.

Al objeto de que conste la postura del menor en el procedimiento éste deberá ser escuchado siempre si supera los 12 años de edad, y su consentimiento deberá ser recabado de manera clara e inequívoca si supera los 16 años de edad. La posición de los padres no es determinante, pues la ley sólo obliga a que se les informe a ellos y al menor de las repercusiones de los tratamientos.

Otro aspecto polémico de la ley, que tiene como objetivo acabar con la discriminación del colectivo homosexual en Andalucía, radica en que la administración pública autonómica plantea dar preferencia en la adjudicación de contratos públicos a las empresas que desarrollen medidas favorables a los homosexuales.

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