CASO ROMANONES

La absolución del padre Román no implica que «la imputación sea falsa»

El Tribunal Supremo corrige a la Audiencia de Granada y exime a Daniel de pagar las costas del juicio del caso Romanones

Daniel, el denunciante, en el juicio del caso Romanones. L. R.

LEO RAMA

La Audiencia Provincial emitió el pasado año la sentencia del caso Romanones , por la que quedó absuelto el padre Román de un presunto delito de abusos sexuales a Daniel, el denunciante, que fue condenado a sufragar las costas del juicio por las contradicciones de su versión. Ahora el Tribunal Supremo , al que recurrió la defensa del joven, ha corregido el fallo y ha decidido librar a Daniel de abonar los gastos jurídicos del cura, que en todo momento negó los hechos.

El Supremo considera que Daniel no actuó con «mala fe o temeridad» al denunciar el caso, por lo que estima que tampoco hubo «ningún exceso de diligencias de investigación» que justifique su condena a pagar las costas del litigio. La argumentación jurídica del alto tribunal también se sustenta en que la absolución –en firme– del padre Román no implica que «la imputación sea falsa» , como ya apuntó ABC cuando se dio a conocer la sentencia .

Si bien el Tribunal Supremo no cuestiona la absolución de Román, aspecto que no fue recurrido por Daniel, sí deja la puerta abierta a que los hechos denunciados estuvieran fundados y reconoce que el denunciante se personó en la causa después de que el juzgado instructor y la Fiscalía acometieran las diligencias oportunas sin la intervención de la acusación particular.

Actitud «desleal»

De hecho, el Ministerio Público pedía nueve años de cárcel para Román cuando éste fue procesado, aunque finalmente la Fiscalía se pronunció en contra de condenar al párroco y solicitó para él la absolución al término del juicio por falta de pruebas y ante las contradicciones en las que incurrió Daniel durante sus declaraciones , lo que no impidió que el fiscal se refiriera al testimonio del denunciante como «verdad declarada», casi en tono de lamento por retirar su acusación.

Las incoherencias de la versión de Daniel quedaron de manifiesto en el juicio. Mintió sobre hechos objetivos , añadió con posterioridad la existencia de penetraciones y erró al apuntar determinadas fechas clave para evitar que Román fuera juzgado por hechos prescritos y que habría ocurrido cuando Daniel era ya mayor de edad. Esas maniobras jugaron en su contra y la Audiencia le condenó a sufragar las costas del juicio precisamente por su actitud «desleal» .

El juicio del caso Romanones giró alrededor de las penetraciones, ya que estaban prescritas todas aquellas prácticas sexuales sin acceso carnal , el agravante que permitió juzgar al único acusado. Otros sacerdotes del «movimiento» que fueron en un primer momento detenidos e investigados –todos ellos negaron los hechos en calidad de testigos– quedaron luego en libertad. También Román desmintió cualquier tipo de relación sexual con el joven, quien aseguró haber sido penetrado hasta en dos ocasiones, cosa que no dijo al principio «por vergüenza».

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