Coronavirus Córdoba

¿Qué se puede hacer y qué no en todos los municipios de Córdoba desde este domingo?

Doce localidades tienen el mayor nivel de riesgo y restricciones: Alerta 4 y grado 2; el resto nivel 4 y grado 1

Nuevas restricciones Covid | ¿Cómo cambia la situación en Córdoba capital?

Agentes de la Guardia Civil en un cruce a la entrada de Añora, el pasado 8 de enero Valerio Merino

R. V. M.

La Junta de Andalucía aprobó ayer una nueva tanda de restricciones en municipios de la provincia de Córdoba según su tasa de incidencia, que entrarán en vigor a partir de mañana 17 de enero.

En el nivel 4 con el grado 1 de restricciones hay actualmente nueve localidades de la provincia de Córdoba, que tienen una incidencia de entre 500 y 1.000 casos de contagios por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días.

Son los siguientes : Cañete de las Torres, Fuente Obejuna, Fernán Núñez, Hinojosa del Duque, Hornachuelos, Los Blázquez, Lucena, Luque y Nueva Carteya.

En estos municipios, además de las restricciones que rigen para toda Andalucía , se aplicará a partir del día 17 un confinamiento perimetral que impide salir y entrar de la localidad salvo causa justificada.

Otros doce municipios cordobeses superan el millar de contagios por cada 100.000 habitantes, lo que los sitúa en el máximo nivel de restricciones (alerta 4 grado 2). Son ahora mismo Añora, Belalcázar, Benamejí, Dos Torres, El Carpio, El Guijo, Fuente La Lancha, La Granjuela, Peñarroya-Pueblonuevo, Pozoblanco, Rute y Valsequillo.

El nivel 4 grado 2 supone, además del asilamiento perimetral, el cierre de toda la hostelería y el comercio que no sean considerados esenciales. Y si el Gobierno lo autoriza, la Junta plantea aplicar un confinamiento domiciliario.

Con carácter general, en todos los municipios andaluces se aplican las siguientes medidas:

-Mantener el cierre perimetral de la comunidad autónoma , por lo que sólo se podrá entrar y salir con causa justificada.

-Cierre de hostelería y comercio a las 18 horas.

-Reuniones de 4 personas , incluidas mesas en bares y restaurantes.

- Cierre perimetral de las ocho provincias.

-El toque de queda se mantiene de 22 a 6 horas.

-Recogida de pedidos en hostelería hasta las 21.30; encargos por teléfono hasta 22.30 y entrega a domicilio hasta 23.30 horas.

-Movilidad autorizada para deportistas federados , jueces y árbitros, para competiciones y entrenamientos. Sin acompañantes.

Las excepciones al toque de queda son las siguientes: adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad; asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales; retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o persona especialmente vulnerables; repostaje en gasolineras o estaciones de servicio; partidos de competiciones deportivas de carácter profesional y ámbito estatal oficialmente reconocidas, y los partidos de carácter internacional organizados por FIFA, UEFA, FIBA y Euroliga de baloncesto; actividades en lonjas pesqueras, centros de expedición de primeras ventas, mercados centrales y lonjas de abastecimiento de productos agroalimentarios; causa de fuerza mayor o situación de necesidad; reparto de comida a domicilio. Particulares y empresas de reparto podrán recoger pedidos en bares y restaurantes hasta las 21.30 horas para consumir en casa.

En cuanto al cierre adelantado , no se aplicará en los siguientes supuestos: industria; comercios minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad; servicios sanitarios; ópticas y ortopedias; servicios profesionales y empleados del hogar; servicios sociales y sociosanitarios; farmacias; clínicas veterinarias; venta de combustible; estaciones de ITV; entrega a domicilio; comedores sociales; velatorios; centros deportivos al aire libre, siempre que no se trate de deportes de contacto; espacios deportivos cubiertos para la práctica de deporte federado en edades de los 16 años a categoría absoluta; puntos de encuentro familiar;centros de atención infantil temprana y ambulatorios.

En un régimen horario especial están las áreas de servicio en carreteras; establecimientos ubicados en aeropuertos y estaciones para usuarios; establecimientos ubicados en hospitales, tanatorios y centros sanitarios;establecimientos ubicados en lonjas, mercados y similares para servicio a trabajadores; actividad docente no universitaria, comedores escolares, aula matinal y transporte escolar; actividades universitarias; conservatorios , escuelas de idiomas, academias, centros de educación permanente de adultos y similares.

Todas las medidas que se aplican en cada uno de los municipios pueden consultarse en la web mapacovid.es.

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