FINANCIACIÓN

El juez absuelve a Juana Martín del delito de alzamiento de bienes

Cree que los hechos probados no acreditan que la diseñadora cometiera este delito

Juana Martín, camino de los juzgados para una declaración VALERIO MERINO

L. MIRANDA / P. GARCÍA-BAQUERO

El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Córdoba ha absuelto a la diseñadora Juana Martín y a su hermano Rafael del delito de alzamiento de bienes por el que se les había acusado razón del caso Invercaria . Según la sentencia, los hechos que se han probado no constituyen este delito.

En la sentencia, el juez recuerda que en 2008 Invercaria, sociedad perteneciente a la Junta de Andalucía , entró a formar parte del capital de la empresa Juana Martína Andalucía S.L. , aunque después, en 2011, transmitió los derechos de crédito y la participación a otra entidad pública, Inverseed. Eso significa que la empresa Juana Martín Andalucía debía a la nueva firma casi un millón de euros entre capital e intereses por un préstamos concedido por Invercaria.

Los distintos intentos de solución extrajudicial no dieron fruto, así que Inverseed interpuso una demanda en 2013 para requerir el pago y embargar un inmueble. La diseñadora intentó oponerse a la ejecución, lo que no consiguió. Para el juzgado, estos hechos no acreditan «que dicha deuda resopndiera a una operación fraudulente operada por la acusada para impedir el cobro del anterior crédito».

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