Una explotación minera en Estados Unidos que emplea el método del «fracking»
Una explotación minera en Estados Unidos que emplea el método del «fracking» - REUTERS

La ley vasca contra el «fracking» irá al Tribunal Constitucional

El Consejo de Ministros aprueba interponer un recurso tras fracasar las negociaciones con el Gobierno autonómico

BILBAO/MADRID Actualizado: Guardar
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La ley vasca contra el «fracking» tiene nueva parada: el Tribunal Constitucional. Aprobada por el Parlamento autonómico el 30 de junio de 2015, el Consejo de Ministros ha aprobado este viernes interponer un recurso de inconstitucionalidad. Una medida a la que se llega después de que fracasaran las negociaciones entre Madrid y Vitoria y de que el Consejo de Estado avalara que existen suficientes fundamentos jurídicos.

La norma salió adelante con el voto a favor de PSE, PP y Bildu. El PNV se abstuvo. El partido que sustenta el Gobierno vasco nunca se mostró cómodo con la ley, que partió de una ILP respaldada por más de 100.000 firmas. Los peneuvistas pedían una moratoria de 5 años que rechazó el resto de partidos.

Sabedores de que el TC ya había anulado leyes similares, en Cantabria y La Rioja, la cámara vasca intentó sortear un futuro escenario de inconstitucionalidad con un articulado que no prohíbe como tal la fractura hidráulica, sino que lo que hace es elevar de tal forma los requisitos que, en la práctica, resultaría imposible llevar a cabo esta técnica (que consiste en inyectar grandes volúmenes de agua y productos químicos a gran profundidad para romper la roca de pizarra que alberga gas de esquisto o petróleo).

El Consejo de Ministros considera que la legislación vasca anti-fracking viola la normativa estatal sobre régimen minero y energético, así como el principio de seguridad jurídica, pues equipara permisos con solicitudes formuladas a partir de su entrada en vigor.

También establece que las competencias de autonómicas de desarrollo y ejecución en materia de medio ambiente «en ningún caso la facultan para vaciar de sus competencias al Estado, especialmente cuando la normativa básica estatal establece el sometimiento de todos los proyectos a la previa declaración de impacto ambiental».

Por último, entiende que no es de competencia autonómica el legislar sobre los hidratos de metano enterrados en el mar, salvo que así lo prevea el Estatuto de Autonomía. El Constitucional tiene ahora la última palabra.

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