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Captura del vídeo de YouTube - YOUTUBE

¿Por qué en Europa no se produciría un incidente de avión como el de United Airlines?

En un vídeo de YouTube se ve cómo un hombre es expulsado a la fuerza de una aeronave de la compañía United Airlines. En Europa existe el reglamento 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de febrero de 2004, que establece las normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos

MADRID Actualizado: Guardar
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El vídeo de YouTube, que ya ha sido visualizado más de un millón de veces en la red, en el que se ve cómo un hombre es expulsado a la fuerza de una aeronave de la compañía United Airlines generó conmoción en todo el mundo.

En las imágenes, se aprecia a un hombre de mediana edad y rasgos asiáticos gritando mientras es expulsado de su asiento, arrastrado por el pasillo del avión por un policía y escoltado por dos más. Con la cara ensangrentada gritaba: « Oh dios mío, mire lo que ha hecho»

En un comunicado, el Departamento de Transporte de Estados Unidos explica que es legal que las aerolíneas «expulse involuntariamente» a los pasajeros de un vuelo con overbooking cuando no hay voluntarios, pero que es «responsabilidad de la aerolínea determinar sus propias prioridades de embarque».

Según se informa en la página web del Ministerio de Fomento, en Europa existe el reglamento 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de febrero de 2004, que establece las normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos.

Las compañías aéreas y los aeropuertos cuentan con un «Manual de Derechos de los Pasajeros», donde se pueden consultar los casos en los que corresponde una indemnización, derecho a devolución o trasporte alternativo, y cuando la compañía aérea debe prestarle asistencia o medios de comunicación.

El reglamento es aplicable a todos los vuelos que salgan de aeropuertos de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, así como para todos aquellos vuelos operados por compañías comunitarias aunque partan de aeropuertos no comunitarios.

Denegación de embarque

Es la negativa a transportar al pasajero en un vuelo, pese a haberse presentado al embarque cumpliendo los requisitos establecidos en las Condiciones de Transporte, salvo que haya motivos razonables para dicha denegación, tales como razones de salud, seguridad , la presentación de documentos de viaje inadecuados. Un ejemplo de denegación de embarque es el overbooking.

En un caso de una denegación de embarque, por ejemplo por overbooking, la compañía deberá preguntar por voluntarios y acordar con ellos las contraprestaciones, pero si finalmente no hay voluntarios suficientes y se deniega el embarque contra la voluntad del pasajero los derechos que asisten son:

Derecho a la información, que consiste en la entrega por parte de la compañía aérea de un impreso con las condiciones de asistencia y compensación.

Derecho a asistencia. La compañía aérea debe proporcionar la asistencia necesaria: comida y bebida suficiente, dos llamadas telefónicas o acceso al correo electrónico y, si fuese necesario, a una o más noches de alojamiento así como al transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento.

Derecho al reembolso o a transporte alternativo, donde el pasajero podrá elegir una de las siguientes 3 opciones que debe ofrecer la compañía:

El reembolso del billete dentro de los siete días siguientes.

El transporte hasta destino final lo más rápidamente posible y en condiciones de transporte comparables, o el transporte hasta destino final en una fecha posterior que convenga al pasajero, en función de los asientos disponibles

Derecho a ser compensado, entre 250€ y 600 €, dependiendo de la distancia del vuelo, aunque estas cantidades se pueden reducir en un 50% si la compañía aérea le ofrece transporte alternativo y cumple el retraso en la llegada a destino.

Cancelación de vuelo

Es la no realización del vuelo programado para el cual habíamos comprado un billete. Los derechos en caso de una cancelación son los siguientes:

Derechos a información, a asistencia y al reembolso o a transporte alternativo en los mismos términos que la denegación de embarque.

Derecho a ser compensado, en términos similares a la denegación de embarque a no ser que se le haya informado de la cancelación con 14 días antes del vuelo programado o si la compañía aérea puede probar que la cancelación fue causada por circunstancias extraordinarias, como casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo, riesgos para la seguridad, deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo y huelgas que afecten a las operaciones de un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo.

Grandes retrasos en salidas

Es el retraso del vuelo en el aeropuerto de origen en relación a la hora inicialmente programada en su reserva. Los derechos que se pueden invocar en caso de retraso en salidas son:

Derecho a información, en los mismos términos que los dos casos anteriores.

Derecho a la asistencia, derecho que está condicionado a los siguientes límites temporales en función de la distancia del vuelo.

Derecho al reembolso, cuando el retraso sea de cinco horas o más, y el pasajero decida no viajar, tendrá derecho al reembolso en siete días del coste íntegro del billete al precio al que se compró, correspondiente a la parte del viaje no efectuada y a la parte del viaje efectuada si el vuelo ya no tiene razón de ser. Cuando proceda, además, un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo más rápidamente posible. El reembolso podrá efectuarse en metálico, por transferencia bancaria electrónica, transferencia bancaria, cheque o, previo acuerdo firmado por el pasajero, bonos de viaje u otros servicios.

Retrasos en llegadas

Cuando se llegue al destino final tres o más horas después de la hora de llegada inicialmente prevista por la compañía aérea, el pasajero puede tener derecho a una compensación idéntica a la que le correspondería en caso de cancelación de un vuelo, salvo que la línea aérea puede demostrar que el retraso ha sido provocado por una circunstancia extraordinaria.

Las compensaciones económicas previstas se establecerán en función de la distancia al destino, siempre que el retraso sea al menos de tres horas o más.

Cambios de clase

Cuando la compañía aérea acomoda al pasajero en una clase inferior por aquella por la que pagó, esta está obligada a reembolsar un porcentaje del precio del billete adquirido por el pasajero.

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