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Otra sentencia que cuestiona los márgenes en las multas de velocidad

Rechaza los márgenes aplicados por Tráfico estipulados por una norma que dejó de utilizarse en 2006

Madrid Actualizado: Guardar
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Una nueva sentencia judicial ha dado la razón a un conductor que recurrió una multa por los márgenes de error de los radares que utiliza la Dirección General de Tráfico (DGT), lo que según la asociación Automovilistas Europeos Asociados (AEA)pone en cuestión más de 500.000 sanciones impuestas en España.

El fallo judicial razona que la DGT se mueve en márgenes de error en sus radares utilizados por el centro de tramitación de denuncias radicado en León pese a que, según una normativa, no se pueden aplicar desde 2006.

Así, la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 22 de Madrid anula la sanción a un conductor que circulaba a 153 km/h al estimar que la DGT sigue teniendo en cuenta los márgenes estipulados en la Norma UNE 26444 para radares que miden la velocidad, sin aplicación desde 2006.

Según el fallo judicial, la Norma UNE 26444 no es una verdadera norma jurídica, sino una recomendación técnica de 1992 realizada por la Asociación Española de Normalización y Certificación (Aenor), que recoge especificaciones técnicas y errores máximos tolerados en los cinemómetros (los dispositivos que miden la velocidad).

La sentencia plantea que la antigua normativa, de aplicación hasta diciembre de 2006, establecía un margen de error de 1 km/h para velocidades hasta 100 km/h y de 3 km/h para velocidades por encima de 100 km/h.

Desde esa fecha, los márgenes se fijaron en un tope de 4 km/h por hora para velocidades hasta 100 km/h y de 7 km/h para velocidades superiores. "Unos márgenes diferentes, más beneficiosos para los ciudadanos", señala la sentencia. AEA entiende que el fallo abre la puerta a reclamar cientos de sanciones.

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