Igualdad

El TSJ revoca el recorte que la Generalitat hizo en 2012 en la prestación al padre de un joven dependiente

Ambos progenitores destacan, más que la reparación económica, «el reconocimiento moral» que supone el fallo tras dos años y medio de lucha

Imagen de archivo del TSJCV ABC

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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha anulado el recorte sufrido en las prestaciones que cobraba un hombre como cuidador no profesional de su hijo , un joven dependiente de Cocentaina (Alicante), según la sentencia facilitada a Efe por el propio afectado, Hipòlit Agulló.

La Generalitat reconoció en 2008 un grado tres de dependencia a Pau Agulló, de 18 años, a causa de la parálisis cerebral que padece, y reconoció a su padre, como cuidador no profesional, una ayuda de casi 507 euros mensuales.

Sin embargo, en noviembre de 2012, la Administración autonómica redujo dicha cuantía, que ingresaba mediante transferencia bancaria, a 313 euros, sin que se dictara una resolución expresa que así lo acordara.

El cuidador recurrió ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV esa minoración al entender que era una decisión "arbitraria y unilateral".

La sección quinta de esta sala le ha dado ahora la razón y ha condenado a la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas (antes Bienestar Social) y ha reconocido a Agulló su derecho a percibir las cantidades íntegras que le fueron reconocidas "sin minoración alguna".

El propio tribunal autonómico recuerda que ya anuló en otra sentencia en 2016 varios artículos de la orden administrativa relativa al copago en servicios sociales de 2012, porque la Generalitat no podía aplicarlo hasta diciembre de 2014, tras la entrada en vigor de otra ley.

Igualmente, otras dos sentencias del TSJ valenciano declararon en 2014 nulo de pleno de derecho el decreto emitido un año antes por el Consell por el que se fijaban las cuantías de los precios públicos a percibir en el ámbito de los servicios sociales.

Los padres de Pau Agulló, Hipòlit Agulló y Carmen Insa, han expresado en un comunicado su satisfacción ante la sentencia que les da la razón, pues demuestra que los recortes sufridos por miles de cuidadores de dependientes fueron "indignos e ilegales".

Ambos progenitores destacan, más que la reparación económica, "el reconocimiento moral" que supone el fallo tras dos años y medio de lucha, aunque la Generalitat puede recurrirlo ante el Tribunal Supremo.

Con esta victoria y otro caso ganado en los juzgados, señalan en el comunicado, "hemos evidenciado la ineficacia para aplicar la ley estatal que suponía el cuarto pilar del bienestar y la poca sensibilidad del PP hacia las personas dependientes".

Esta pareja de Cocentaina, integrada en la Plataforma en Defensa de la Llei de Dependència de l'Alcoià-El Comtat, ha sido defendida en este caso por la abogada Sandra Casas, ex secretaria autonómica de Igualdad con la consellera Mónica Oltra.

"La ayuda es más moral que material. Gobierne quien gobierne, no se debería jugar con estas cosas, con los derechos de personas tan vulnerables como nuestro hijo, que depende de una persona 24 horas al día", afirman Hipòlit Agulló y Carmen Insa.

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