Los jueces Enrique López y Concepción Espejel
Los jueces Enrique López y Concepción Espejel - efe

Preguntan al PP si pagó a un juez de Gürtel por participar en su Conferencia Política

Los instructores admiten a trámite las recusaciones contra los magistrados Enrique López y Concepción Espejel

Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

La Sala de lo Penal estudiará si debe apartar a los jueces Enrique López y Concepción Espejel del tribunal del caso Gürtel. Los magistrados instructores han admitido a trámite los incidentes de recusación presentados contra ellos para estudiar si deben o no tener éxito. Varias acusaciones solicitaron su recusación por considerar que su imparcialidad puede verse alterada por una supuesta afinidad con el Partido Popular, parte en el proceso.

Dentro de las pruebas del incidente, el magistrado que instruye el incidente presentado contra López, Javier Martínez Lázaro, solicita a la Fundación Faes, el laboratorio de ideas de José María Aznar, el certificado de las cantidades percibidas por el recusado por su colaboración con dicha asociación desde 2003 y al Partido Popular por si el magistrado cobró algún dinero al intervenir en dos mesas redondas sobre la configuración territorial de España en 2006 y 2007 organizadas por la formación dentro de su Conferencia Política.

El instructor deja claro que los nombramientos judiciales por parte de los partidos políticos no pueden suponer por sí solos la recusación de los magistrados, pero siembra la duda al afirmar que haber sido propuesto por el Partido Popular hasta en tres ocasiones distintas para cargos públicos de alta relevancia «sugiere una cierta vinculación de dicho partido con la carrera profesional del magistrado recusado, a valorar conjuntamente con los otros hechos que pueden comprometer su imparcialidad». López fue propuesto por el PP para vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y como miembro del Tribunal Constitucional (TC), en varias ocasiones, puesto que alcanzó finalmente en 2013.

Aún así, Martínez Lázaro también expresa que este trámite concreto no tiene por objetivo analizar el fondo de la recusación, pues eso es competencia del pleno de la Sala de lo Penal. En estos casos, no debe probarse que el juez sea imparcial, pues ello se da por hecho, sino que existe una apariencia de imparcialidad para un observador objetivo.

En el caso de Espejel, la juez instructora Carmen Paloma González acepta la prueba documental aportada y solicita también a la Fundación Faes que aporte un certificado con los cursos y conferencias en los que haya participado. Pero deniega el interrogatorio de la secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, y del exministro Federico Trillo, una prueba que también rechaza el juez que instruye el incidente de recusación contra López.

Esta causa investiga la existencia de una red de corrupción liderada por el empresario Francisco Correa, que prestó servicios y pagó comisiones a Administraciones del PP a cambio de adjudicaciones irregulares para sus empresas. La formación política será juzgada en el proceso como partícipe a título lucrativo; es decir, por haber podido lucrarse sin conocer el origen delictivo del dinero.

Ver los comentarios