ANDALUCÍA

Fomento acude a una ley catalana para pedir que no se suspenda la norma antidesahucios

La consejería está a la espera de que el Constitucional paralice las expropiaciones tras el recurso presentado por el presidente Rajoy

SEVILLA Actualizado: Guardar
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La Consejería de Fomento y Vivienda solicitará al Tribunal Constitucional que levante la suspensión cautelar de la aplicación de la Ley para asegurar la función social de la vivienda, o ley 'antidesahucios', tras el recurso presentado por el Gobierno, para lo cual la Junta alude a la existencia en Cataluña de una ley similar a la andaluza que también permite clasificar y sancionar viviendas vacías.

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ha presentado un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Medidas para Asegurar la Función Social de la Vivienda. El recurso aún está pendiente de admisión a trámite, así como de la notificación a la Consejería de Fomento y Vivienda de su suspensión, que será automática al invocar el recurso el artículo 161.2 de la Constitución, que faculta al presidente del Gobierno para forzar la suspensión de normas autonómicas cuando considera que hay un conflicto competencial.

Fomento considera que el recurso «genera una desprotección sobre todas las familias en proceso de desahucio que justifica el levantamiento urgente de la suspensión cautelar hasta que haya sentencia firme. La consejería fundamentará su solicitud al Constitucional en la «desprotección masiva del derecho a la vivienda en Andalucía « y en la vigencia en Cataluña de una ley que «también permite clasificar y sancionar viviendas vacías» sin que hubiera sido recurrida por el PP cuando estaba en la oposición o ahora en el Gobierno. La ley data de 2007.

Asimetría

La consejería que dirige Elena Cortés lamenta «la asimetría entre el trato dado a la ley andaluza, que ha sido suspendida sin que se haya podido sancionar, y la catalana, con la que ya se están imponiendo sanciones», como ocurre en viviendas vacías de Tarrasa.

Recuerda que el recurso del Gobierno «no supone la suspensión de toda la ley, sino fundamentalmente de tres aspectos, entre los que están precisamente algunos de los que sí se mantienen en Cataluña». Los tres aspectos suspendidos son «la creación de la figura de la vivienda vacía; las sanciones de hasta 9.000 euros por vivienda vacía a bancos e inmobiliarias; y la expropiación temporal del uso de viviendas para evitar desahucios». La ley catalana no contempla las expropiaciones temporales como sí lo hace la andaluza.

La Junta considera que Rajoy «ha hecho un abuso de sus prerrogativas institucionales para forzar por las bravas la suspensión de la ley, en vigor desde el 9 de octubre y que ha permitido evitar 39 desahucios con la expropiación de otras tantas viviendas embargadas por entidades financieras a familias en riesgo de exclusión social».