Camps saluda a Rita Barberá en una imagen de archivo tomada en las Cortes valencianas. :: ROBER SOLSONA
ESPAÑA

Los jueces descartan imputar a Camps y Barberá en el 'caso Nóos'

El tribunal superior de Valencia devuelve las actuaciones al juez Castro para que continúe en Palma de Mallorca con la instrucción de la causa

MADRID. Actualizado: Guardar
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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana cerró ayer la puerta a la imputación del expresidente autonómico Francisco Camps y de la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, en el 'caso Nóos', la causa que investiga los presuntos negocios delictivos de Iñaki Urdangarin y su socio Diego Torres para obtener beneficios millonarios de varias administraciones públicas.

La Sala de lo Civil y lo Penal de este tribunal, en un auto de 21 páginas, descartó la recomendación que el pasado 31 de mayo realizó José Castro, el juez de Palma de Mallorca que instruye el 'caso Nóos', que creyó haber encontrado durante su investigación indicios suficientes para que abriese una causa contra los aforados Barberá y Camps, ambos diputados autonómicos, por los delitos de prevaricación, malversación de fondos públicos, fraude y falsedad de documentos oficiales.

El instructor balear, en una exposición razonada de 70 folios, observaba una «decisiva e imputable intervención» de ambos para que el marido de la infanta Cristina y su socio lograsen organizar, entre 2004 y 2006, tres ediciones del Valencia Summit y unos Juegos Europeos, que no se celebraron, por los que consiguieron 3,5 millones de euros de dinero público.

La conclusión del auto del tribunal superior valenciano es justo la contraria. Los miembros de la sala admiten que los hechos relatados por Castro sobre los negocios de la Fundación Nóos en la comunidad presentan «claros indicios delictivos», también consideran que tanto Urdangarin como su socio durante su planificación para la ejecución de estas actividades tuvieron alguna reunión y contacto con Barberá y Camps, pero que lo que no encuentran en los hechos descritos son «indicios suficientes» que les permitan afirmar que tuviesen una participación «directa y voluntaria» en las decisiones que llevaron al yerno del Rey a cerrar los contratos, es decir, «una conducta encuadrable en cualquiera de los tipos delictivos» apuntados por el instructor.

Contracorriente

El auto, de hecho, asegura que «no basta» con apreciar unos hechos delictivos e, incluso, unas actuaciones políticamente criticables de los señalados porque, para dar el paso de la imputación, «ha de quedar justificado un principio de prueba que permita detectar suficientes indicios para afirmar que, precisamente, los aforados tuvieron una participación personal y directa en ellos». Dato que, añaden, «no consta».

Este es el motivo último por el que los cinco magistrados de Valencia, en una decisión contra la que según especifican no cabe recurso, rechazan la competencia sobre esta causa y devuelven las actuaciones al juez de Palma, pues afirman que «no resulta, por ahora, imputación inequívoca y relevante contra las personas aforadas» que justifique que abran contra ellos dos una investigación penal.

La decisión del tribunal superior es diametralmente opuesta a las tesis de todas las partes implicadas en el 'caso Nóos'. De hecho, la existencia de posibles indicios de delito contra Barberá y Camps en relación a los negocios de Urdangarin y su socio es casi lo único que ponía de acuerdo a Castro, a la Fiscalía Anticorrupción, a la defensa del yerno del Rey y a la acusación popular ejercida por el PSOE. Ahí empezaban los matices. El fiscal y Urdangarin, contra los criterios del instructor, defendían que el tribunal valenciano debía pedir de hecho la inhibición de Castro y asumir la parte final de la instrucción de la totalidad de causa y su posterior enjuiciamiento en Valencia. Los socialistas no solo veían contra los dos políticos populares valencianos indicios de los cuatro delitos apuntados por el juez sino que añadían a la lista un quinto de tráfico de influencias.

Esta es la segunda vez en la que la Sala de lo Civil y lo Penal de Valencia archiva una causa contra Camps. La primera vez fue en 2009, cuando rechazó celebrar juicio contra el expresidente por el 'caso de los trajes', decisión que después fue revocada por el Tribunal Supremo.

Rita Barberá mostró ayer su alegría nada más conocer el auto del tribunal y explicó que había recibido breves llamadas de ánimo de Mariano Rajoy y Dolores de Cospedal, sin duda muy aliviados con lo que amenazaba con ser un nuevo escándalo en el PP tras el estallido del 'caso Bárcenas'.

La alcaldesa de Valencia dijo que «la Justicia ha hablado y lo ha hecho muy claro» y, sin dirigir su enfado contra nadie concreto, confesó que «estos dos años de incertidumbre han sido un período difícil».