Chiclana

El PSOE cree que el pliego de condiciones para el colegio privado vulnera la ley

CHICLANA. Actualizado: Guardar
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Tal como se anunció a final de septiembre, el grupo municipal socialista presentó ayer en el Registro de Entrada del Ayuntamiento un recurso de reposición contra el acuerdo plenario por el cual se iniciaba el procedimiento de la concesión demanial de una parcela en el Novo Sancti Petri para la construcción y gestión de un colegio privado.

Al respecto, la concejala socialista Cándida Verdier explicó que la intención es «mejorar el pliego porque no gestiona de forma correcta el patrimonio público». Así, agregó que «vulnera la ley porque no precisa el objeto y los límites de la concesión. Es decir, no se especifica el contenido del colegio ni lo que quiere el Gobierno, dejándolo todo a merced de la empresa adjudicataria».

En este sentido, la socialista destacó que igualmente se quebranta la ley en el pliego de condiciones porque «no se dice cuáles serán los precios que se aplicarán en el colegio», quien añadió que también se vulnera «en lo relacionado con la devolución de la garantía». Por último, la concejala del Grupo Socialista aclaró que tampoco se aplica la ley «respecto al canon».

Del mismo modo, Cándida Verdier comentó que en el pliego se le da una «ínfima importancia al canon, que siempre ha tenido una puntuación alta y en este caso solo califican con 5 puntos , por lo que no va a variar nada la concesión».

«El equipo de Gobierno argumenta la crisis para defender un canon ínfimo» (26.000 euros anuales), añadió Verdier, «algo que entenderíamos si solo fuese los primeros años y luego fuese incrementando».

No obstante, la concejala destacó que el grupo municipal socialista no se opone al objeto de la concesión, «los socialistas creemos que la educación debe ser libre para que los padres elijan dónde llevan a sus hijos».

Por todo ello, Verdier aclaró que su grupo «está dispuesto a defender el patrimonio público hasta donde sea» ya que, si el recurso es desestimado «tenemos la posibilidad de acudir a la vía contenciosa-administrativa en un plazo de dos meses, al habernos opuesto en la votación del Pleno».