Editorial

Precedente judicial

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La sentencia dictada por el Juzgado número 1 de Cambados anulando el contrato de compraventa de participaciones preferentes por valor de 10.000 euros suscrito en 2008 con Caixanova por un cliente de la entidad podrá ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Pontevedra. Pero al estimar íntegramente la demanda presentada por el afectado concede valor jurídico a la denuncia -por otra parte generalizada- de no haber sido informado del alto riesgo que comportaba la inversión ni de la eventual imposibilidad de contar con el dinero depositado en el momento en que así lo requiriese. El hecho de que asociaciones de ahorradores en preferentes aboguen por alcanzar una solución colectiva y «política» para las pérdidas que tales productos han supuesto a miles de españoles no puede impedir que haya personas decididas a hacer valer sus derechos ante los tribunales frente a aquellas entidades que creen haberlas engañado.