Janda

El alcalde pide la renovación de los órganos de la Mancomunidad de La Janda

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El alcalde de Medina Sidonia, Manuel Fernando Macías (IU), ha solicitado por escrito al actual presidente de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de la Janda, el socialista Francisco Carrera que a la mayor brevedad posible, convoque el Pleno Constitutivo para proceder a la renovación de los órganos de la Mancomunidad.

De esta manera el regidor de Medina se ha sumado a las peticiones del secretario provincial del PA, Ramón Sánchez Heredia y a la propia agrupación local de esta formación que han pedido reiteradamente igual que otros colectivos politicos y sociales de la comarca de la Janda, la constitución de la nueva Junta General del ente mancomunado, de la que saldrá el nuevo presidente.

Trascurridos más de ocho meses desde la celebración de las últimas elecciones municipales, según ha asegurado el primer edil asidonense el Gobierno Municipal de Medina Sidonia considera «inexplicable el retraso en la conformación de los diferentes órganos de la Mancomunidad, y entendemos que se ha incumplido el deber estatutario y legal de proceder a la renovación de los mencionados órganos». Además, desde el Ayuntamiento de Medina Sidonia se ha aclarado que «de no convocarse inmediatamente el Pleno constitutivo, se estaría faltando, primero, a la composición democrática que los ciudadanos votaron libremente y segundo, al respeto que las propias instituciones deben infundir tanto a los representantes políticos como a los representados».

Al respecto La Voz de Cádiz adelantó en exclusiva que el actual presidente de la Mancomunidad y ex alcalde socialista lleva nueve meses cobrando un sueldo bruto que ronda los 3.000 euros mensuales, pese a que los estatutos del ente supramunicipal carácter de Entidad Local y goza de personalidad y capacidad jurídica para el cumplimiento de sus fines, rigiéndose por estos estatutos y, en su defecto, por la legislación estatal y autonómica sobre Régimen Local.

Para ser elegido presidente será necesario el voto de la mayoría absoluta de los miembros, que a tenor de los presentes Estatutos compongan la Junta General de la Mancomunidad. Si ninguno de los candidatos presentados obtiene esa mayoría, será proclamado el que mayor número de votos hubiera obtenido. Todos los miembros de la Junta General pueden ser elegidos presidente.