Otegi durante un juicio en la Audiencia Nacional por un presunto delito de enaltecimiento del terrorismo. / Foto: Archivo | Vídeo: Atlas
lucha antiterrorista

La Audiencia Nacional absuelve a Otegi porque no enalteció a ETA sino que defendió «un proceso de diálogo y negociación»

El tribunal también exonera de responsabilidad a los otros dos miembros de Batasuna juzgados: Joseba Permach y Joseba Álvarez

MADRID Actualizado: Guardar
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La Audiencia Nacional ha absuelto al ex portavoz de la ilegalizada Batasuna Arnaldo Otegi de un delito de enaltecimiento del terrorismo por su intervención en un acto celebrado en el velódromo de Anoeta el 14 de noviembre de 2004. En ese mitin la formación ilegalizada presentó la propuesta que se puso en marcha durante el último alto el fuego permanente declarado por ETA. En una sentencia notificada este jueves, la sección segunda de la Sala de lo Penal de este tribunal también absuelve del mismo delito a otros dos miembros de la ilegal Batasuna: Joseba Permach y Joseba Álvarez.

La sentencia sostiene que ninguno de los tres fueron "autores concretos" de la exhibición de las imágenes de terroristas durante el acto. El tribunal recuerda que en el derecho penal la responsabilidad solo se puede exigir a los autores concretos del hecho delictivo y no se puede extender esa responsabilidad a los realizados por terceros. Así, tras la prueba practicada y un examen pormenorizado, los magistrados tienen serias dudas sobre la autoría de las personas imputadas en la exhibición de esas imágenes y en el reparto de propaganda. Por todo esto la sala ha dictaminado una sentencia absolutoria aunque no es firme porque que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Un acto político

Los jueces entienden que en el acto de Anoeta no se ensalzó a la banda sino que se defendió "la conveniencia y necesidad de un proceso de diálogo y negociación para la resolución del conflicto de manera pacífica y democrática". La resolución judicial, de la que ha sido ponente el magistrado Julio de Diego, sostiene que no se puede considerar que las pruebas presentadas en el juicio y que intentaban demostrar la intervención de los acusados en la planificación del acto sean "definitivamente concluyentes", ya que "dejan un margen de duda suficiente y razonable sobre su verdadera implicación en los hechos".

Los dirigentes de Batasuna admitieron ante el tribunal su participación en el acto político y defendieron que no tuvieron responsabilidad ninguna en su diseño y que incluso ignoraban el contenido del mitin. De esta forma, los tres aseguraron que su finalidad no era "homenajear a ETA" sino "presentar una propuesta de paz". Ante este argumento, el tribunal señala que no es posible llegar a la conclusión de que las pruebas sean "tan fuertemente indicativas y verdaderamente determinantes" que demuestren de forma "incontestable" que los tres acusados intervinieron en el montaje de las imágenes de etarras exhibidas y en el reparto de 'zutabes' y 'zuzen' (boletines interno y externo de la banda, respectivamente).

Críticas a la investigación

El ponente también critica con dureza la investigación realizada por la Guardia Civil, al indicar que sus informes de inteligencia "no explican lo suficiente ni aportan datos externos que permitan demostrar la responsabilidad de los acusados en calidad de autores de lo sucedido en el velódromo de Anoeta". "Ha resultado que esos informes no merecen tal calificativo, ya que no se han utilizado conocimientos técnicos, científicos, artísticos o prácticos de los que carezca el tribunal", señala la sentencia antes de añadir que la investigación se basaba únicamente en la visualización directa del acto o las imágenes facilitadas por los medios de comunicación, por lo que sólo contienen "meras deducciones" de sus autores.

Los magistrados también consideran que no se ha podido acreditar "ningún acto material o acuerdo de voluntades" por parte de Otegi, Permach y Alvarez "tendente a programar o diseñar" el acto político de Anoeta, por lo que "el resultado ha de ser una sentencia absolutoria".

Durante el juicio, la fiscal Teresa Sandoval solicitó que los tres dirigentes de la formación abertzale fueran condenados a 18 meses de prisión al considerar que controlaron de forma "inequívoca" lo ocurrido en el interior del recinto, donde se expusieron fotos de etarras y se profirió de forma repetida la expresión 'gora ETA'. El Foro de Ermua, que ejerció la acusación popular, solicitó dos años de cárcel para los tres acusados también por el delito de enaltecimiento. En la vista, en la que la defensa de Otegi llamó a declarar como testigo al presidente del Partido Socialista de Euskadi (PSE-EE), Jesús Eguiguren, el ex portavoz de la autodenominada izquierda abertzale aseguró que Batasuna "rechaza el uso de la violencia para imponer un proyecto político".

Prisión preventiva

Esta es la segunda vez que la Audiencia Nacional absuelve a Otegi desde que es portavoz de Batasuna, ya que en marzo de 2007 se le eximió de responsabilidad por los homenajes dedicados a la etarra Olaia Kastresana, que murió mientras preparaba una bomba en Torrevieja. Por contra, en noviembre de 2005 el Tribunal Supremo le condenó a un año de cárcel por injurias al Rey después de haberle llamado "jefe de los torturadores".

Además, en abril de 2006 se le impusieron 15 meses de cárcel por enaltecer al etarra José Manuel Beñaran, 'Argala'; y en febrero de 2010 fue condenado a dos años por enaltecer al también terrorista José María Sagarduy, aunque esta sentencia está a la espera de ser confirmada por el Supremo. En la actualidad, se encuentra en prisión preventiva por un delito de integración en organización terrorista en el marco de las causas de Batasuna y Bateragune.