Momento de los altercados en enero de 2012
Momento de los altercados en enero de 2012

Queja al CGPJ por las «expresiones insultantes» del juez a la Policía en la sentencia sobre el desalojo de miembros de Valcárcel de la UCA

El SUP denuncia que en el fallo se usen «expresiones inapropiadas para calificar actuaciones policiales ajustadas a derecho»

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A principios de este mes se conocía la sentencia absolutoria para los dos miembros del colectivo de Valcárcel Recuperado acusados de resistirse a la Policía en enero de 2012, cuando fueron desalojados de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Cádiz tras participar en una protesta durante una conferencia del juez Fernando Grande-Marlaska. En dicho fallo, el juez titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Cádiz, Ramírez Manchón hacía una serie de consideraciones sobre la actuación de los agentes que ahora han sido denunciadas ante el Consejo General del Poder Judicial. El Sindicato Unificado de Policía (SUP) cree que dichas valoraciones, incluidas algunas de ellas como fundamentos de derecho, son «insultantes» al respecto de los agentes que actuaron en aquel operativo.

A través de un comunicado enviado este miércoles a los medios, el SUP ha explicado que «no le sorprenden sentencias absolutorias como esta, en las que zarandear o agredir a un policía queda impune», pero que, al margen de esta consideración, en este caso concreto, «se ha ido más allá, menospreciando la actividad policial con términos utilizados en sentido ofensivo».

El sindicato cree que el juez se extralimita en sus aportaciones legales al fallo utilizando expresiones «sorprendentes y desafortunadas», como cuando expone que la actuación de los agentes de la Unidad de Prevención y Reacción (UPR) que fueron requeridos «parece evocar o rememorar etapas predemocráticas, felizmente superadas». En este sentido, el SUP afirma: «afortunadamente tenemos en España una Policía democrática, con funcionarios que ni habían nacido en esa etapa a la que se hace alusión y que, por supuesto, no tienen ni que evocar ni rememorar».

Además, el sindicato lamenta que la sentencia relacione la presencia policial y las alteraciones del orden cuando se refiere a un despliegue «innecesario y desproporcionado» que, según el juez, pudo provocar dicha alteración. También muestran su disconformidad sobre la valoración que ha hecho Ramírez Manchón con respecto a la idoneidad y autorización del «desproporcionado operativo pese a que no existiera en ningún momento una petición expresa por parte de la organización de la conferencia o de la Universidad». Al respecto, el SUP ha apuntado que «ni que decir tiene que todos los dispositivos son planificados por responsables policiales, con información adecuada y acordes a la legislación vigente».

El SUP entiende que «la sentencia continúa en términos similares con opiniones personales, empleando expresiones que, más allá de enjuiciar los hechos, resultan inapropiadas para calificar actuaciones policiales ajustadas a derecho; y encuadradas dentro de un proceso judicial acusatorio contra dos detenidos por resistencia, y no contra los agentes de la Policía, que figuran como testigos y perjudicados, vertiendo graves acusaciones sobre la labor policial sin posibilidad alguna de defensa».

Como se recordará, la Fiscalía solicitaba seis meses de cárcel para los acusados al considerar que había pruebas suficientes de la «conducta activa» en la resistencia de los procesados y de la intervención «plenamente justificada» de los agentes. Mientras, que la abogada de la defensa pidió la absolución de sus representados al entender que no se daba el tipo de delito por el que se les juzgaba logrando finalmente dicha absolución.

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