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En tiempo de sanfermines, el toro por los cuernos

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En San Fermín los mozos corren delante de los toros. Derrotan al toro con simples periódicos en la mano. Pero el pitón acecha permanentemente el costado del corredor. Es cuestión de valentía y supervivencia. El Gobierno parece que por fin corre en paralelo a los mercados.

La UE lo ha puesto a correr. Hasta ahora corría detrás del mercado. Ahora se ha puesto al lado de los astados, representados en forma de mercado. Solo espero que emulen a los pamplonicas y pronto lo hagan como ellos, delante del morlaco y con los pitones acariciándoles los riñones. Al toro se le cogen los cuernos de frente. Por detrás te queda con el rabo en las manos y quizás el tuyo entre las piernas. El Gobierno ha dado un paso decisivo, pero no definitivo. Lo hecho endereza la situación de forma coyuntural y en el muy corto plazo. Menos es nada. Ahora queda adoptar medidas estructurales que condicionen el devenir económico en el largo plazo. Veamos la reforma adoptada sobre la prestación de desempleo.

La Constitución Española en su Capítulo II, Sección 2ª (De los derechos y deberes de los ciudadanos) acoge el artículo 35, que manifiesta que «todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo». Aún en el período más álgido del ciclo económico, comienzos del 2007, el mercado de trabajo español presentaba importantes desequilibrios. Por una parte la tasa de desempleo no bajó del 8% y la continua incorporación de inmigrantes se justificaba en la insuficiencia de la mano de obra nacional para la demanda de empleo entonces existente y la cobertura por aquellos de ciertos puestos de trabajo que no querían ser ocupados por los ciudadanos españoles. Todo ello representaba lo que se denominan disfunciones del mercado de trabajo español. Disfunciones que se acrecientan y que adquieren tintes muy preocupantes, cuando se invierte el ciclo económico, con la magnitud con la que se presenta, consecuencia de la crisis que padecemos.

La EPA correspondiente al primer trimestre del año en curso, ha establecido una tasa de desempleo del 24,4%, lo que representa 5,6 millones de desempleados. Las previsiones para el comienzo del año próximo consisten en rebasar la cifra de los seis millones. Esto repercutirá negativamente en el gasto público corriente, entre cuyas partidas más importantes por su cuantía, se encuentra la prestación de desempleo. La consecuencia inmediata de ello, la persistencia del desequilibrio presupuestario por ese concepto. Los Presupuestos Generales del Estado para 2012 contemplan una dotación de 30.000 millones. En el primer trimestre del año se han consumido 10.000 millones.

Todo indica que el gasto real ocasionado por dicha partida será próximo a los 40.000 millones. Pero no sólo por la cantidad que también, las necesidades de reforma de la dinámica de la prestación de desempleo en sus distintas variables, contributiva, asistencial y extraordinaria se hace absolutamente necesaria. Entre otras cosas porque la primera de ellas, la prestación contributiva, la más importante por su cantidad y naturaleza, que se financia con las cuotas de los sujetos obligados, tiene una desviación sobre su financiación natural del 38%. Es decir, las cantidades satisfechas, en concepto de cuotas de desempleo, dentro del concepto de cuotas de recaudación conjuntas, en las cotizaciones a la Seguridad Social, sólo representa en estos momentos el 62% del total del coste.

Debiendo buscarse el equilibrio presupuestario, inyectando dinero vía aportación impositiva. La situación de insostenibilidad de la prestación es clara, evidente y elocuente. De ahí la imperiosa necesidad de acomodarla a una situación sostenible y racional. Un primer paso, necesario pero insuficiente a todas luces, ha sido la promulgación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

En él se justifica de forma elocuente la doble recesión en la que nos vemos inmersos y cuyos efectos inmediatos más aparentes, son la destrucción de empleo y la vuelta a las tasas negativas de los ingresos del Estado procedentes de las rentas del trabajo. Se deteriora la recaudación impositiva proveniente del IRPF, del que el 97% se refiere a la tributación por sueldos y salarios, a la vez que se acentúa el deterioro recaudatorio por el IVA, debido a la restricción experimentada en la renta disponible de los asalariados españoles.

Justifica la norma publicada el pasado sábado en su Exposición de Motivos, el contenido de los cambios legislativos, debido a la situación que comenzó a experimentar la economía española en el año 2008 y la política económica entonces seguida para hacerla frente, que llevaron a nuestra economía a la acumulación de desequilibrios macroeconómicos insostenibles. Se hace hincapié en la medida en que estos desequilibrios sean solventados solo parcialmente, lo que ni resuelve ya los problemas planteados en el corto plazo, dada la precaria situación de la economía española. Se requiere por tanto, la adopción de medidas más allá de la coyuntura y que por ende adquieran la consideración y consistencia de estructurales. Por eso indica que sólo es viable la recuperación, con una senda de crecimiento estable en nuestro país. Ello se puso de manifiesto a lo largo de 2011, cuando, tras varios trimestres de leve recuperación, la economía española se mostró intensamente vulnerable al deterioro de la zona euro y volvió a sumergirse en un período recesivo. Esta recaída reciente de la economía española, aun sin llegar a la gravedad de 2009, está teniendo una gran virulencia y consecuencias graves de destrucción de empleo. Durante los dos primeros trimestres del presente año la actividad económica profundizó su deterioro y las perspectivas para la segunda mitad del año no serán mejores si no se adoptan medidas urgentes.

En concreto, la prestación de desempleo se reforma ahora de manera sumamente tímida. Hay que actualizarla a la de los países de nuestro entorno. Y tomar como referencia países en situación parecida a la nuestra. Un solo ejemplo, en Italia se percibe el 40% de la base durante 8 meses, si eres menor de 50 años y 12 meses si supera la edad. Propongo para terminar de reformar la prestación, su consideración última como salario diferido, lo que posibilitaría su adecuación al llamado modelo austríaco, de constitución de un fondo personalizado de contingencias de cada trabajador, ante la adversidad en la vida laboral. Así mismo y de esta forma, se posibilita dar cumplida respuesta al FMI, que sigue insistiendo con razón, en la adecuación de la indemnización por despido al resto de países del entorno. Solo queda el arrojo de considerar que las cotizaciones de desempleo son auténticos salarios diferidos.