PRÁCTICAS ILEGALES

Un juez obliga por primera vez a la Fundación Guadalquivir de Córdoba a devolver sus mordidas

Una sentencia les da la razón a tres extrabajadores, que tuvieron que entregar más de 5.700 euros de sus nóminas

Ángeles Muñoz delante de Cristian Menacho a la entrada a los juzgados ÁLVARO CARMONA

RAFAEL A. AGUILAR

El Juzgado de lo Social número 3 de Córdoba ha condenado a la Fundación Guadalquivir Futuro, que preside Ángeles Muñoz, a devolver 5.755 euros a tres extrabajadores de la firma con sede en el Sector Sur acogidos a un programa de promoción del empleo juvenil de la Junta de Andalucía. Las cantidades que la Fundación ha de reintegrar a las personas demandantes —a razón de 1.932, 1.587 y 2.236 euros a cada una de ellas— corresponden a las mordidas destapadas en exclusiva por este periódico en junio de 2016, y que consistían en que la entidad obligaba a los beneficiarios de los planes de inserción laboral a entregarles el 25 por ciento de los emolumentos fijados en sus programas.

Esta sentencia de lo social, que es la primera que fija la devolución de sumas procedentes de las retenciones ilegales a los jóvenes acogidos a los programas de la Fundación Guadalquivir, se produce mientras está en marcha un procedimiento judicial por la vía penal por estos mismos hechos, y en el que están imputados de cargos tipificados en el código penal tanto Ángeles Muñoz como su hijo Cristian Menacho, presidente de Jóvenes Hacia el Futuro, además de un tercer acusado.

De cuarenta horas laborales a treinta

El fallo del Juzgado de lo Social número 3, emitido el 13 de marzo de este año, detalla con precisión la manera de actuar viciada de la Fundación Guadalquivir, y en la que era parte activa Cristian Menacho. En su relato, la sentencia cita el acta de infracción que cursó la Inspección de Trabajo y Seguridad Social: «Los trabajadores, tras ser seleccionados por la Oficina de Empleo, acudían a una entrevista en el centro de trabajo y firmaban el contrato. En ese momento se les informaba a la mayoría de ellos (a otros, días después) de que aunque en el contrato de trabajo se indicaba una jornada de cuarenta horas semanales, en realidad iban a trabajar treinta (o menos), cobrando el importe de las horas realmente trabajadas. Tal información era facilitada por Cristian Menacho en entrevista privada con los trabajadores», indica el fallo.

El «modus operandi» para obtener las mordidas era siempre el mismo. Así, la sentencia añade que «la mayoría de los trabajadores que aceptaron la propuesta empresarial lo entendieron como una condición necesaria si querían trabajar, no oponiéndose a ello y procediendo a desarrollar su jornada laboral semanal de treinta horas». Más: «Ante esta situación algunos trabajadores exigieron que quedara constancia de tales entregas de dinero, por lo que la empresa procedió a redactar y entregarles un documento de ‘donación’ cuyo beneficiario era la Fundación Guadalquivir».

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