El TSJA anula una multa de la Junta al Banco Popular de 185.000 euros

El Alto Tribunal recuerda a la administración andaluza que no tiene competencias para declarar abusivas cláusulas bancarias

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El Tribunal Superior de Justicia (TSJA), ha anulado la multa que la Junta de Andalucía había impuesto al Banco Popular por un importe de 185.000 euros. Dicha sanción fue impuesta al banco al entender la administración andaluza que una de las condiciones del préstamo contratado por un cliente era excesivo. Sin embargo, el tribunal entiende que la Junta «no tiene competencias para declarar abusiva una cláusula contractual».

La sentencia, que supone un revés para la Junta, recuerda que es labor de los órganos judiciales declarar abusivas las cláusulas contractuales. Este pronunciamiento, contra el que no cabe elevar recurso, vienen a dejar sin validez la multa, que se interpuso en 2014 al citado banco al entender la Junta que había cometido una infracción leve, seis graves y dos muy graves con la inclusión de ciertas condiciones que consideraban abusiva en el contrato.

Además de anular la sanción al Popular, el tribunal condena a la Junta de Andalucía al pago de las costas del proceso, que estima en 600 euros.

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