¿Chateas en el trabajo? Cuidado porque tu empresa puede despedirte

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos considera que las compañías pueden monitorizar las conversaciones online de los empleados durante su horario de trabajo para saber si cumplen o no con sus tareas profesionales

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Si hay una herramienta que utilizan los trabajadores en su horario profesional para hablar con sus compañeros, amigos y familiares, son los chats. Ya sea por Facebook Messenger, Hangouts, Skype, WhatsApp Web... Cualquier opción es buena para comunicarse. Sin embargo, conviene tomar cierta precaución al respecto después de que este martes, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) haya dictaminado que las empresas pueden monitorizar las comunicaciones online de los trabajadores.

Tal y como explica « The Guardian», la razón de ser de esta sentencia gira en torno a un ingeniero rumano que fue despedido en 2007 después de que su compañía descubriera que chateaba a través de Yahoo Messenger no sólo con sus contactos profesionales, sino también con su novia y su hermano.

Sin embargo, la política interna de la compañía prohíbe el uso de la aplicación de mensajería con fines personales.

El TEDH considera que la empresa no ha violado el derecho a la privacidad del joven, puesto que cree «razonable que un empleador quiera verificar que los empleados estaban haciendo sus tareas profesionales durante el horario laboral».

Los jueces también han defendido el hecho de que se utilizasen las conversaciones del empleado en el juicio porque «se demostró que había utilizado el ordenador de la empresa para sus propios fines privados durante las horas de trabajo». No han sido desveladas, sin embargo, las identidades de las personas con las que se había comunicado, aunque sí las conversaciones.

Las sentencias del TEDH son vinculantes para los países que han ratificado el Convenio Europeo de Derechos Humanos, entre ellos, España.

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