Tribunales

Condenan a una aerolínea por cobrar 60 euros a un estudiante para volar con su portátil desde Sevilla

El joven, tras pasar por el control de seguridad en el aeropuerto de San Pablo, vio como una azafata le pedía dicha cantidad antes de embarcar

Un avión de EasyJet despega del aeropuerto de San Pablo Raúl Doblado

Jesús Díaz

El Juzgado de lo Mercantil número tres de Sevilla ha condenado a la aerolínea Easyjet por cobrar a un joven estudiante 60 euros si quería embarcar en un avión con destino Bristol con un portátil en la mano . O pagaba o tenía que dejar el ordenador en tierra . No le dieron más opciones. El pasajero abonó la cantidad que le solicitaban pero no aceptó lo sucedido y recurrió este hecho ante la propia compañía internacional, que rechazó la reclamación. El asunto terminó en los juzgados que ahora le han dado la razón al afectado.

Yoel es un joven de 19 años. Vive en Sevilla y ha cursado estudios en la Universidad de Bristol . Usaba la línea regular Sevilla-Bristol dos veces por semanas , los martes y los sábados.

El 2 de noviembre de hace un año se disponía a embarcar en uno de sus rutinarios trayectos en el aeropuerto de San Pablo . Llevaba una maleta de mano y el portátil en la mano. Ya había pasado incluso el control de seguridad.

Entonces, una azafata de la compañía demandada, justo en la puerta del avión, le indicó que no podía subir con el ordenador portátil en la mano y que si quería acceder al avión debería abonar 60 euros .

Opciones: pagar, dejar el portátil o no viajar

Preguntó el porqué, manifestándosele que eran las normas y que lo tenía que pagar o abandonar el portátil o no embarcar , situación que le provocó el lógico desasosiego en los pocos minutos antes de que se cerraran las puertas, por lo que sacó su tarjeta de crédito y en ese mismo acto, en contra de su voluntad, no tuvo más opción que pagar.

En su vuelta a Sevilla reclamó ante Easyjet la devolución de lo que consideraba un pago indebido. La vía amistosa con la compañía no llegó a buen puerto y ésta no lo atendió.

Condena en costas

La segunda vía era una demanda civil en los juzgados. Sólo reclamaba la cantidad pagada, más los intereses y la condena en costas para la aerolínea.

El juez de lo Mercantil número tres de Sevilla, en una sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, da la razón al joven estudiante y condena a la compañía.

En su resolución, el magistrado considerado probado lo relatado por el joven en su demanda, sobre todo teniendo en cuenta que la aerolínea ni se personó en el juicio , declarándose en rebeldía procesal.

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