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Cuatro años y medio de prisión por golpear a su pareja con una barra de hierro

La Audiencia le prohibe acercarse a la víctima a menos de 500 metros así como una indemnización total de 9.000 euros

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La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a cuatro años y medio de cárcel a un hombre -Mohammed Z.- por agredir a su pareja con una barra de hierro, puñetazos y patadas, golpes que le provocaron la fractura de huesos nasales y la perforación de un tímpano. En su sentencia, la sección 27 de la Audiencia de Madrid sólo considera probada la última agresión que dijo haber sufrido la víctima y que se produjo el 14 de septiembre de 2013 en el bar que ambos regentaban en el distrito de Puente de Vallecas y en cuyo almacén convivían.

La Fiscalía pedía para el acusado 13 años y 8 meses de cárcel por esta agresión y otras que a raíz de este suceso denunció la víctima, quien además relató haber sufrido maltrato habitual durante los años de convivencia de la pareja, que se conoció en 2011 a través de internet.

Para el tribunal, no ha quedado acreditado que el acusado tratara de someter a la víctima desde el principio de la convivencia, ni que desde marzo de 2013 la maltratara físicamente de forma habitual y que un mes antes de producirse la agresión, por la que ahora es condenado, la golpeara del mismo modo causándole lesiones similares como una fractura nasal de la que tuvo que ser intervenida.

Esto es así porque la declaración de «la presunta víctima, se ha tomado con especial cautela, dadas las contradicciones e intentos de sobredimensionar los hechos y sus consecuencias lesivas». Así, los magistrados no han podido dar por probado que el 5 de agosto de 2013, tras percatarse de que había fumado, el acusado «le propinara con una barra de hierro, golpes en las plantas de los pies, en las palmas de las manos, y en las piernas», y «70 golpes en la nariz» con el puño.

No denunció todos los hechos

Al día siguiente de ese episodio, según la sentencia, el acusado la trasladó al hospital y ella refirió que había sufrido «una caída accidental por las escaleras (8-10 escalones)», y que le había caído una caja de botellas encima.

Sin embargo, destaca la sentencia, «pese a la brutalidad de los hechos, y el extremo peligro que reflejaban, corría su integridad física, no relató la agresión que acababa de sufrir» y tampoco los facultativos «detectaran algún indicador de la supuesta agresión, que les llevara a activar el protocolo de malos tratos».

Partes médicos

En cambio, sobre la agresión por la que se condena al acusado, la versión incriminatoria de la víctima «se ha venido a mantener firme y persistente en las actuaciones, y aparece plenamente avalada por los partes facultativos e informes médico-forenses».

A esto se añade que, si bien, con respecto a las otras acusaciones, el hombre negó con «contundencia» el maltrato físico y psicológico habitual y la agresión de agosto, no lo hizo así con la de septiembre para la que dio «contestaciones confusas, intentando explicar las lesiones que aquella presentaba con caídas y desvanecimientos, a causa de una supuesta enfermedad» de la que no aparecen datos.

Además de a la pena de cárcel, la Audiencia impone a Mohammed Z. la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 500 metros y de comunicarse con ella, por cualquier medio por término de 6 años, así como a que la indemnice con 5.900 euros por las lesiones y 3.000 por las secuelas.

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