Santos Llamas y Julio Fermoso, en una imagen de archivo
Santos Llamas y Julio Fermoso, en una imagen de archivo - ical
economía

Archivada la causa contra la excúpula de España y Duero por las preferentes

El juez Velasco señala que las admitieron de forma avalada y para «fidelizar clientes»

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El juez Eloy Velasco ha archivado la causa abierta contra las excúpulas de Caja Duero y Caja España por la emisión de preferentes, al descartar que fueran concebidas ante la necesidad de capitalizarse y considerar que se colocaron bajo la demanda de los propios clientes y con el aval de los supervisores. En un auto, el magistrado recoge así la tesis de la Fiscalía Anticorrupción, a favor del archivo de la causa surgida a raíz de una querella de la Unidad de Consumidores de Castilla y León (UCE) contra Santos Llamas y Julio Hermoso, expresidentes de Caja España y Caja Duero, respectivamente. La querella iba dirigida además contra los exdirectores generales Javier Ajenjo y Lucas Hernández; los exdirectores financieros Antonio Fernández y Arturo Jiménez; y el exdirector comercial de Caja España Óscar Fernández, así como su homónimo en Caja Duero que no identificaban.

A todos ellos les acusaban de delitos de estafa, publicidad engañosa, administración fraudulenta o desleal y maquinación por alterar el precio de las cosas, informa Efe.

Sin embargo, para Velasco, «las estrategias de sendas entidades bancarias no se concibieron en 2008 y 2009 por sus dificultades para obtener financiación» o en «la necesidad» de adquirir recursos propios para alcanzar el coeficiente de solvencia exigido del 8 %, como señalaba la querellante, «pues este nunca bajó de esa ratio».

Además, «es incierto» que no fueran capaces de producir beneficios y generar dividendos a los preferentistas por la coyuntura económica, «como corrobora el hecho de que se obtuvieron y repartieron tanto en 2008, como en 2009, 2010, 2011 e inclusive en 2012».

No ocurrió lo mismo en 2013 «por obra los llamados decretos ‘De Guindos’, que interfirieron en la autonomía de la voluntad pactada entre partes al imponer la oportuna expropiación», sostiene Velasco.

A todo ello se une que «entidades valoradoras independientes» avalaron la rentabilidad de los productos. De esta forma, concluye que estos productos no se emitieron con la finalidad de dotar de mayor solvencia a las cajas sino para «fidelizar clientes» que además los demandaron.

«Sólo el 3% del negocio»

Velasco detalla que los híbridos de Caja Duero y Caja España solo supusieron el 3 % de su negocio, cuando entre los años 2009 y 2010 realizaron 60 campañas de oferta de otros productos financieros.

Y tanto las preferentes como la deuda subordinada «venían siendo usadas y emitidas» por otras entidades del sector bancario desde 1996 «con iguales fines y usando el mismo procedimiento», con lo que, en consecuencia, los trípticos informativos, aprobados por la CNMV, no adolecían de «poca, difícil de entender e irrelevante información» para los minoristas.

Mientras, «el Banco de España autorizaba la computabilidad de esos productos como recursos propios y la amortización de los títulos porque la solvencia de sendas entidades era la adecuada».

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