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Sábado, 1 de julio de 2006
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ESPAÑA
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Condenan a 50 años a Txapote y Amaia por el asesinato de Miguel Ángel Blanco
El tribunal, que valora en la sentencia su actitud desafiante y «de desprecio hacia las víctimas», señala que «resulta difícil pensar en una muerte más alevosa»
Condenan a 50 años a Txapote y Amaia por el asesinato de Miguel Ángel Blanco
JUICIO. El fallo destaca la actitud desafiante de los etarras. / EFE
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La Audiencia Nacional condenó ayer a 50 años de cárcel al ex jefe militar de ETA, Francisco Javier García Gaztelu, Txapote, y a su novia, Irantzu Gallastegi Sodupe, Amaia, por el secuestro y posterior asesinato del concejal del PP en Ermua Miguel Ángel Blanco en julio de 1997. La sala, que también prohíbe a los etarras acercarse a la localidad vizcaína en la que vivía el edil en los cinco años posteriores a su excarcelación, justifica la imposición de la pena máxima porque «resulta difícil pensar en una muerte más alevosa».

En esta sentencia condenatoria, la primera contra Txapote y Amaia en España, la Sección Primera considera probado que estos dos terroristas, junto al fallecido José Luis Geresta Múgica, componían el comando que secuestró al edil el 10 de julio de 1997. Gallastegi fue quien abordó a Blanco cuando éste salía del apeadero del tren de Eibar para dirigirse a su trabajo. A punta de pistola, la etarra lo condujo hasta un vehículo cercano, donde le esperaban sus compañeros de comando.

El fallo de la Audiencia Nacional no precisa dónde estuvo secuestrado el concejal durante los dos días que duró su cautiverio. Sin embargo, explica con detalle cómo el 12 de julio de 1997, el día fijado por los terroristas para asesinar al político si el Gobierno no acercaba a los presos etarras a cárceles del País Vasco, los tres miembros del comando introdujeron a su víctima en el portamaletas de un coche hasta una «zona despoblada» de la localidad guipuzcoana de Lasarte. «Una vez allí , mientras Geresta sujeta a Miguel Ángel Blanco, que se encontraba con las manos atadas, García Gaztelu le dispara dos tiros a corta distancia en la cabeza».

El tribunal sostiene que el malogrado concejal «fue utilizado como instrumento de una exigencia dirigida al Gobierno de la Nación a través del chantaje y la extorsión como medios para alcanzar sus objetivos con el más absoluto desprecio al derecho a la vida y al sistema constitucional».

«Vil y cruel»

El ponente del fallo, Fermín Javier Echarri, no ahorra calificativos a la hora de definir ese atentado «vil y cruel». «Resulta difícil pensar -escribe- en una forma de causar la muerte más alevosa: una víctima que tras más de 24 horas de doloroso cautiverio se encuentra de espaldas, sujeta por uno de los miembros del comando, con las manos atadas, en posición de rodillas y a la que inopinadamente se le propinan a corta distancia dos disparos de arma de fuego en la cabeza». La sentencia destaca que se trata de «una forma de ejecución sin riesgo alguno» para los asesinos, lo que, según el tribunal, «denota aún una mayor culpabilidad».

«Es perfectamente imaginable -señala el fallo- el sufrimiento padecido por la víctima durante el cautiverio, conociendo, como seguramente conocía, el breve plazo dado para su ejecución y las exigencias absolutamente inasumibles que la organización terrorista había impuesto para su liberación».

El tribunal tampoco olvida las maneras desafiantes que los dos etarras mantuvieron durante las dos jornadas que duró el juicio. La sentencia destaca la «actitud de indiferencia y de desprecio frente a las acusaciones, las víctimas y sus familiares, y, en definitiva, hacia la la sociedad en general».



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