El Parlamento insta al Estado a que Comisión de Seguimiento del Pacto Antitransfuguismo sea estable

Con los votos de Navarra Suma, PSN y Podemos

Marta Álvarez, María Jesús Valdemoro, Cristina Ibarrola, Juan L. Sánchez de Muniain y Javier Esparza de Na+ P.F.N

G.S.

La Comisión de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior ha aprobado hoy, con los votos a favor de Navarra Suma , PSN y Podemos y la abstención de Geroa Bai y EH Bildu ( Izquierda-Ezkerra no ha participado en la sesión), una resolución por la que el Legislativo Foral “manifiesta su rechazo al transfuguismo, como práctica de corrupción política y fraude a la voluntad de los ciudadanos, ya que supone una completa deslealtad hacia las formaciones políticas que han amparado la candidatura de los representantes públicos, con el único fin de perseguir intereses de beneficio individual, incluso aunque ello suponga dinamitar la representación institucional y política que ha sido democráticamente manifestada en las urnas por todos los ciudadanos”.

La resolución aprobada incluye un segundo punto en el que, a su vez, el Parlamento de Navarra “muestra su apoyo y conformidad con la III Adenda al Acuerdo sobre un Código de conducta Política en relación con el Transfuguismo en las instituciones democráticas, consensuada políticamente en la sesión de la Comisión de Seguimiento del 21 de septiembre de 2020, debatida en sesión de 3 de noviembre de 2020 y aprobada finalmente el 11 de noviembre de 2020. Y se compromete a llevar a cabo las modificaciones de su Reglamento, así como de las Leyes Forales oportunas para cumplir con su contenido”.

Del mismo modo, ya en un tercer apartado, se emplaza al Ministerio de Política Territorial y Función Pública del Gobierno de España a “dotar de carácter estable a la Comisión de Seguimiento del Pacto Anti-transfuguismo , garantizando la continuidad de la misma, recientemente reactivada, como muestra de compromiso político para atajar esta lacra y evitar que los cargos electos que han abandonado la formación política por la que concurrieron a las elecciones puedan acabar alterando la representación democráticamente manifestada por los ciudadanos en las urnas y condicionando la estabilidad de los Gobiernos Estatales, Autonómicos o Locales”.

En la exposición de motivos, la resolución impulsada por el G.P. Navarra Suma invoca el código de buena conducta política que, suscrito en 1998 por las principales fuerzas políticas representadas en el Congreso, sirvió de base para el Pacto Antitransfuguismo rubricado en 2006, y llama a hacer efectivos los principios que lo inspiran mediante la aplicación de la adenda introducida en 2020 por la Comisión de Seguimiento, organismo éste recuperado tras diez años sin actividad.

La citada adenda, que se erige en criterio interpretativo hasta que se aprueben cuantas modificaciones legales y reglamentarias sean precisas, deja en manos de la formación afectada la determinación de la condición de tránsfuga, condición que lleva aparejada la “reducción de los derechos económicos y de participación política al mínimo exigible por la Constitución y la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo.

El objetivo último, según se precisa, pasa por “aislar” a los calificados como tránsfugas, al objeto de “evitar que su conducta desleal pueda ser aprovechada para alterar las mayorías y, de paso, alimentar la inestabilidad en las instituciones públicas democráticamente conformadas.

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