Planta de residuos en el concello de Cerceda
Planta de residuos en el concello de Cerceda - M. M

Espaldarazo del TC al canon único aplicado por Sogama en 2014

El Tribunal avala su legalidad y desestima los argumentos de seis juzgados gallegos

Vigo Actualizado: Guardar
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El Tribunal Constitucional avala la legalidad del canon único aplicado por Sogama en 2014 y despeja toda duda sobre su constitucionalidad, al entender no solo que tenía encaje en el marco de la entonces reforma estatal del sector energético, sino que se utilizó como vía para garantizar la viabilidad financiera de la empresa pública. Las nuevas tarifas, derivadas de la normativa autonómica aprobada hace dos años —con el objetivo de sanear las cuentas y evitar la quiebra de la sociedad participada por la Xunta y Gas Natural—, generaron el rechazo de un centenar de concellos, de todos los colores políticos, que llegaron a amenazar con dejar de abonar el que denominaron «tasazo de la basura». Más de una veintena llegó a cumplir su advertencia.

Las dudas de seis juzgados —cuatro de Orense, uno de Lugo y otro de Santiago de Compostela— sobre si la norma tenía o no encaje legal en la Carta Magna les llevó a plantear una cuestión de inconstitucionalidad que ahora el TC rechaza al entender que el incremento aplicado supera «el canon de la razonabilidad, proporcionalidad y adecuación».

Ya el pasado mes de mayo había avalado en un primer auto la subida de un 30% del canon por la recogida de basuras que generó el rechazo de los ayuntamientos, al considerar estos el incremento en las tarifas una imposición unilateral de la Xunta.

«En los seis autos referenciados, el Alto Tribunal argumenta la plena constitucionalidad del canon único aplicado por Sogama a partir de marzo de 2014, cuyo importe había sido incrementado en el marco de la reforma estatal del sector energético, toda vez que ésta, en los términos en los que se formuló, mermaría en gran medida la capacidad financiera de la empresa pública», indicaba ayer la sociedad pública a través de un comunicado.

Medida «singular»

En la nota, la empresa señala que el Constitucional confirma así «la total adecuación de la subida por tratarse de una medida singular que no es discriminatoria». Además, sostiene, frente a las críticas de los ayuntamientos, que el proyecto fue avalado por la propia Comisión Europea mediante la concesión de más de 72 millones de euros procedentes de los Fondos de Cohesión, superando de forma muy satisfactoria la evaluación a la que fue sometida en 2012». Por último, desde Sogama recuerdan que este canon es el «más bajo respecto de las plantas de gestión de residuos urbanos existentes en Galicia y uno de los más bajos en el ámbito estatal, pudiendo destacar su carácter solidario» en cuanto a que se aplicó en «igualdad de condiciones».

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