Se enfrenta a 6 años de cárcel por abusar de la hija menor de su pareja

El hombre sometió a la víctima a «toda suerte de tocamientos», según el escrito de la fiscal

Santiago Actualizado: Guardar
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Durante los dos años que duró la convivencia con su expareja, sometió a «toda suerte de tocamientos por el cuerpo, el vientre y los pechos, tanto por encima como por debajo de la ropa», a la hija menor de ésta. Así lo recoge el escrito de calificación de la Fiscalía que apunta que lo hizo «guiado por sus más bajos y denostados instintos sexuales, y siendo plenamente consciente del alcance de sus actos». La víctima, que en el momento de los hechos (entre 2012 y 2014) tenía trece años, atendía a las «prácticas masturbatorias que le indicaba su padrastro», «tocamientos sobre los que —relata el Ministerio Público— la menor no dijo nada hasta que su madre denunció los hechos».

Dos años después, este hombre se sentará mañana en el banquillo de la Audiencia Provincial de Lugo — el caso procede del Juzgado de Instrucción Número 2 de Viveiro— acusado por un delito de abusos sexuales por los que la fiscal pide seis años de cárcel, además de indemnizar a la menor en la cantidad de 9.000 euros por los «detrimentos psíquicos y daños morales» provocados.

La Fiscalía considera probados los hechos por los que se juzga a este varón, que llegó a «obligar a la víctima a que le masturbase. Actos que aprovechaba a realizar con renovadas intenciones lascivas cada vez que acudía a la habitación de la menor». Entiende que son constitutivos de un delito continuado de abuso sexual a una menor de 13 años y que no concurre circunstancia modificativa alguna de la responsabilidad criminal, pues insiste la fiscal en que era «plenamente consciente de sus actos».

Por estos hechos, denunciados por la que era su compañera sentimental, le fue decretada prisión provisional el 18 de septiembre de 2014. El hombre estuvo encarcelado hasta el 24 de abril de 2015, fecha en la que salió en libertad provisional con la obligación de comparecer ante el juzgado y una orden de alejamiento que le prohibe acercarse a ella a menos de 200 metros. Tampoco puede mantener ningún tipo de comunicación, por cualquier medio (informático telemático, contacto escrito, verbal o visual).

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