Aniceto Rodríguez en el juicio por le asesinato de su esposa
Aniceto Rodríguez en el juicio por le asesinato de su esposa - EFE

Condenado a 31 años de cárcel el acusado de matar a su mujer en el CHUO

Anteriormente Aniceto Rodrígue ya había intentado acabar con la vida de su mujer en su domicilio, lo que causó que fuese trasladada al hospital

Santiago Actualizado: Guardar
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El acusado de asesinar a su mujer en el Complexo Hospitalio Universitario de Orense, Aniceto Rodríguez, ha sido condenado a 31 años de cárcel. Los hechos tuvieron lugar el 8 de mayo de 2015 cuando Isabel Rodríguez, se recuperaba en el hospital tras una agresión anterior en su domicilio de Verín. Tras esto, Aniceto ha sido condenado por un delito de asesinato en grado de tentativa y de otro consumado. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha facilitado el auto, que recoge que la Audiencia Provincial de Ourense ha considerado acreditado en la resolución que Aniceto intentó acabar con la vida de su mujer primero en su casa y que después la mató en el hospital, motivo por el que cual se le han impuesto 12 años por asesinato en grado de tentativa, por la agresión, y otros 19 por asesinato consumado.

Tras agredir a su mujer, Aniceto se causó varias puñaladas en el abdomen, brazo izquierdo y cuello, terminando en ictus. La Fiscalía había solicitado un total de 39 años de prisión y la familia de la víctima, 49, añadiendo el agravante de ensañamiento, ya que consideraron que había «una continuidad y un aumento del sufrimiento deliberado» del acusado hacia su mujer. Ante esto la defensa propuso un máximo de 9 años de prisión por un delito de lesiones y el homicidio, con la atenuante de trastorno mental transitorio al entender que no fue consciente de lo sucedido. Asimismo, la sala ha impuesto en concepto de responsabilidad civil una indemnización al Sergas de 40.997 euros y el pago de las costas procesales.

La sala de magistrados ha considerado que Aniceto fue el autor de los dos delitos. En la primera agresión ocurrida en el domicilio, han visto que la «intención de matar es clara tanto por el instrumento contundente utilizado, tipo martillo, como por la zona en la cual se golpea, causando heridas susceptibles de provocar la muerte como resulta de la pericial del Médico Forense». En lo referente a la segunda agresión, que tuvo lugar en el hospital, han cosiderado que Aniceto «realizó todos los actos objetivamente necesarios para causar la muerte, no logrando el resultado por causas independientes de su voluntad».

Descartaron el robo

En un primer momento se tomó la agresión como consecuencia de robo pero con la declaración del agente que se personó en el lugar la noche del crimen, esta teoría se descartó ya que «lo lógico es que ella se hubiese incorporado mínimamente» del sofá si se hubiese tratado de un robo. La autopsia reveló que la mujer había sido golpeada cuando estaba tumbada en el sofá viendo de la televisión.

Con respecto a la sentencia, notificada a las partes y en persona al acusado en la cárcel, aún no es firme y admite recurso de casación ante el Supremo.

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