Francisco Martínez, primero por la izquierda, durante el juicio
Francisco Martínez, primero por la izquierda, durante el juicio - EFE
Tribunales

Condenan a ocho meses de cárcel al expresidente de la Diputación de Castellón Francisco Martínez

El juez lo halla culpable de negociación prohibida a funcionarios por el proyecto de la depuradora en terrenos de su familia

CASTELLÓN Actualizado: Guardar
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El que fuera vicepresidente de la Diputación de Castellón en la etapa de Carlos Fabra, Francisco Martínez, ha sido condenado este viernes a ocho meses de cárcel por un delito de negociación prohibida a funcionarios, en relación con el proyecto de Edar que se iba a construir en la localidad castellonense de Borriol en terrenos de su familia. Martínez ha sido absuelto del resto de delitos de los que estaba acusado en relación con el caso, como el de prevaricación, al no considerarlos probados el tribunal.

La Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a Martínez a ocho meses de cárcel, dos años de inhabilitación y una multa de 12.600 euros por un delito de negociación prohibida a un funcionario y ha absuelto a los otros cinco imputados.

El fallo rebaja así sensiblemente la petición de la Fiscalía, que reclamaba para el político cuatro años de prisión por intentar, presuntamente, beneficiarse de la construcción de una depuradora de la localidad castellonense de Borriol a través de la compra de terrenos y la posterior inclusión de estos en el proyecto.

Martínez estaba acusado por prevaricación, tráfico de influencia, fraude y negociación prohibida, aunque finalmente sólo ha sido condenado por este último delito. En el juicio también estaban acusados los hijos de Martínez, el exalcalde de Borriol, Adelino Santamaría, el empresario socio de Martínez, Raúl Babiloni, y un empleado de este último, Luis García del Campillo. Todos ellos han resultado absueltos.

No hubo prevaricación

La sentencia falla que tanto Adelino Santamaría como Francisco Martínez intervinieron entre 2007 y 2014, en el ámbito de sus competencias, en los procedimientos administrativos seguidos en la Diputación de Castellón y en el Ayuntamiento de Borriol relativos a la depuradora, pero «sin constancia de irregularidades relevantes, ni decisivas, en la suerte de los intereses del ayuntamiento ni de los propietarios de los terrenos afectados».

«Las fincas se incluyeron por criterios técnicos; pueden ser compartidos o no, pero son razonables»

El magistrado considera que tampoco ha quedado acreditado que Martínez y Santamaría «se concertaran para posibilitar que por parte del primero se obtuviera beneficio patrimonial ilícito en la venta de los terrenos donde se planeaba construir la depuradora». Dicho concierto, añade la sentencia, «tampoco se ha acreditado respecto al resto de acusados». Se concluye asimismo que no ha quedado acreditado que Santamaría conociera la vinculación de la parcela 42 (una de las que se añadió para la construcción de la depuradora) con Martínez y su hija, y que la «omisión de referencia en anteriores comunicaciones que se hubieran hecho tampoco fue con intención de ocultarla».

De esta manera, las conductas de Martínez y Santamaría, tras la prueba practicada en el juicio, «no puede concluirse que fueran prevaricadoras», añade la sentencia. En cuanto a la inclusión de las fincas en el proyecto de la depuradora, el magistrado entiende que se hizo por «criterios técnicos» que «pueden ser compartidos o no, pero son razonables».

Ocultó información a la Diputación

Sin embargo, en la tercera fase del proyecto, cuando éste es asumido por la Diputación, Francisco Martínez «finalmente sabía que una de las fincas en las que se iba a ubicar la Edar era propiedad de una empresa en la que él tenía participaciones, y debió abstenerse en la aprobación y tramitación del procedimiento administrativo, además de avisar al resto de la corporación provincial esta situación, y no lo hizo».

«Sabía que una de las fincas era de una empresa en la que tenía participaciones, y debió abstenerse y avisar»

No fue una actitud prevaricadora, pero el cargo que ostentaba Martínez le obligaba a ser «muy cuidadoso en cuanto al ejercicio público de su cargo y la actividad empresarial». Y la Sala «no entiende que Martínez manifestara que desconocía que la parcela 42 estuviera incluida en el proyecto de la Edar», ni que también declararan en el mismo sentido sus hijos, algo que se considera «imposible».

Así pues, su «no abstención, sí que facilitaba la aprobación del expediente» en el que se adjudicaron las obras. Esta conducta contó con la colaboración de «su hijo, Raúl Babiloni y Luis García del Campillo», puesto que hubo «una actuación concertada de ocultación de la propiedad de la finca en los trámites relacionados con la administración». Sin embargo no hay intención prevaricadora y la acusación de este tipo penal sólo se ha dirigido contra Martínez.

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