¿Qué se puede hacer y qué no entre las 22 y las 6 horas con el toque de queda en Castilla y León?

La Junta aprueba la restricción de la movilidad debido a «motivos muy graves de salud pública» por el avance del Covid-19

Un agente de policía controla el acceso a Burgos capital, que está confinada desde esta semana por el Covid-19 EFE

I. Jimeno

«Motivos muy graves de salud pública» son los que han llevado a la Junta de Castilla y León a aprobar este viernes en una reunión extraordinaria del Consejo de Gobierno el toque de queda en la Comunidad. Una limitación de movimientos de forma temporal con la que intentar frenar la escalada del Covid-19, que ya está en transmisión comunitaria en la Comunidad y hace imposible rastrear los contactos para detectar contagios.

Así que desde este sábado y p or el momento durante 14 días que se pueden prorrogar en función de la evolución de la pandemia, los ciudadanos tendrá restringida su movilidad entre las 22 horas y las 6 de la mañana del día siguiente . Un tiempo en el que la Junta quiere que no haya gente por las calles y también así evitar que el ocio se traslade de bares y restaurantes a domicilios.

Aunque hay algunas excepciones que sí permitirán pisar la calle en esas horas de restricción y siempre con la debida justificación :

- Adquisición de productos farmacéuticos y de primera necesidad.

-Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios .

- Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.

- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes , personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

-Por c ausa de fuerza mayor o situación de necesidad.

-Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.

- Retorno al lugar de residencia habitual , tras haber realizado las actividades anteriores.

¿Y se puede ir en coche en ese periodo? Pues no para todo . Se permitirá «únicamente» la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades permitidas o para el repostaje en gasolineras y estaciones de servicio. También podrán circular los vehículos por las carreteras que atraviesen Castilla y León, pero «siempre y cuando tengan origen y destino fuera» de este territorio.

Esta restricción se pone en marcha «ante el empeoramiento continuado de la situación epidemiológica y asistencial en Castilla y León», según han señalado fuente de la Junta. Los Servicios Jurídicos de la Administración darán traslado de esta medida al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, al objeto de obtener la oportuna ratificación s i así se considerase dado que se suspenden derechos fundamentales.

¿Y qué pasa con las localidades confinadas?

El toque de queda es un paso más en las medidas adoptadas para intentar frenar el avance del Covid-19 y que se añade a otras como los confinamientos perimetrales. ¿Y se solaparán? No. La limitación de la movilidad que estaba vigente para Pedrajas de San Esteban y San Pedro de Latarce (Valladolid); Burgos, Aranda de Duero y Miranda de Ebro (Burgos); León, Ponferrada y San Andrés del Rabanedo, Salamanca y Palencia decae. Pero sí se mantienen otras limitaciones dada la alta incidencia del coronavirus en estos puntos.

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