Los peritos de Hacienda han acudido hoy a declarar en el juicio del Caso Nóos
Los peritos de Hacienda han acudido hoy a declarar en el juicio del Caso Nóos - EFE
Caso Nóos

Los peritos dejan en evidencia las contradicciones de Castro

Un experto señala que el entramado de Nóos cruzó 425 facturas por un importe global de más de ocho millones de euros

Palma de Mallorca Actualizado: Guardar
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A lo largo del periodo comprendido entre 2004 y 2008, las empresas que formaban parte del entramado de Nóos se cruzaron 425 facturas, por un importe global de más de ocho millones de euros. Así lo ha afirmado este martes uno de los tres peritos de la Agencia Tributaria de Barcelona que han comparecido en la nueva sesión del juicio del caso Nóos. Dicho inspector de Hacienda ha respondido en primer lugar a las preguntas que le ha hecho el fiscal Anticorrupción, Pedro Horrach.

Ese experto, que realizó labores de auxilio judicial, ha señalado que el juez instructor de la causa, José Castro, les solicitó en su momento dos informes, uno a finales de 2011 y otro a mediados de 2012, sobre las actuaciones del Instituto Nóos.

En el primer caso, Castro quería información sobre los gastos de Nóos para la organización de los eventos conocidos como Valencia Summit e Illes Balears Fórum. En el segundo caso, el juez solicitaba datos acerca de la posible facturación cruzada que se habría dado entre las diferentes sociedades vinculadas a Nóos.

Entre dichas sociedades se encontraban Noos Consultoría Estratégica, Aizoon, Virtual, De Goes, Shiriaimasu, Intuit o la Fudanción Deporte, Cultura e Integración Social. En relación al segundo informe solicitado por Castro, el inspector de la Agencia Tributaria ha indicado que en dicho informe señaló que le había llamado la atención que muchas facturas tuvieran importes redondos —por ejemplo de 10.000 euros o de 20.000 euros—, que la definición de los servicios prestados fuera algo vaga o que hubiera incongruencias. «Las empresas son intercambiables y no hay un criterio de distribución de las tareas», ha explicado en ese sentido.

El experto ha puesto también varios ejemplos concretos de hechos que le resultaron llamativos, como por ejemplo que a finales de 2005 Aizoon facturase 250.000 euros al Instituto Nóos por la gestión logística del Illes Balears Fórum, cuando Nóos ya tenía una persona para realizar esa labor. Asimismo, ha indicado que hubo «falsificaciones» y «una fluidez de trabajadores realmente sorprendente». Además, «se ha acreditado la existencia de trabajadores ficticios, mientras que los no ficticios son unánimes en la consideración de que todo era Nóos». Por lo que respecta al intercambio de trabajadores en el seno de Nóos, el perito ha señalado que «el motivo es estrictamente fiscal».

«Abundan los gastos familiares y de índole personal, por supuesto en Aizoon, pero también en empresas de Diego Torres», ha afirmado más adelante. Otros hechos significativos eran que sólo podían firmar las nóminas Diego Torres e Iñaki Urdangarín —que no delegaban sus funciones— o que había una infracapitalización de las empresas del entramado. A juicio de este perito, Torres ejercía un «control absoluto» sobre Nóos.

Su conclusión ha sido que «no son apreciables fines mercantiles que justifiquen la existencia de todas esas sociedades». Por último, ha señalado que en su momento estuvo justificado que se levantase el velo societario en ese caso, es decir, que las rentas obtenidas se imputasen no a las distintas mercantiles, sino a las personas físicas, que en este caso serían Torres y Urdangarín.

Aizoon

A continuación, Horrach le ha preguntado a dicho perito por otro de los informes que realizó, en ese caso sobre Aizoon, la mercantil cuya titularidad compartían Urdangarín y la Infanta. El experto ha explicado que el juez Castro les pidió en noviembre de 2013 un informe sobre las cantidades supuestamente defraudadas por Aizoon entre 2007 y 2010. El magistrado les dijo que en este caso no levantasen el velo societario.

El inspector de Hacienda ha señalado que él discrepaba en relación a ese último punto. En ese sentido, ha recordado que la Agencia Tributaria consideraba que si el velo societario se había levantado ya en un informe previo sobre el grupo Nóos, realizado en junio de 2013, debería de haberse hecho entonces lo mismo con el informe solicitado sobre Aizoon. Aun así, siguiendo el criterio fijado por Castro, no llegó a haber «cuota defraudada con relevancia penal» entre 2007 y 2010.

Seguidamente, los expertos han respondido a las preguntas formuladas por la letrada de la Abogacía del Estado, María Dolores Ripoll. El mismo perito que había estado interviniendo hasta ese momento ha indicado que el Instituto Nóos era una «asociación formal» que no funcionaba como una entidad sin ánimo de lucro, sino más bien como una sociedad mercantil con ánimo de lucro o como una asesoría.

Por último, los peritos han respondido a las cuestiones planteadas por la abogada de Manos Limpias, Virginia López Negrete. La letrada ha preguntado si el hecho de que Aizoon no hubiera repartido dividendos a pesar de haber tenido ingresos, podía ser considerado como un fraude. Una de las expertas ha afirmado que se trataría de una «contingencia fiscal», que no tendría relevancia penal en caso de no llegar hasta una cierta cuota.