Los líderes del 1-O no saldrán de prisión ni tendrán permisos antes de Navidades

Las cárceles catalanas niegan, por ahora, la «semilibertad» a los líderes del «procés»

Y el guion se desarrolló según lo previsto, aunque en determinadas latitudes lo más lógico no siempre sea lo más habitual. Las juntas de tratamiento de las tres cárceles catalanas en las que cumplen condena los líderes secesionistas concluyeron ayer que todavía no es el momento de concederles el tercer grado ; esto es, la «semilibertad». Consideran que, al menos por ahora, lo conveniente es clasificarlos en segundo grado (régimen ordinario). Se trata, de todas formas, simplemente de una propuesta que la secretaría de Medidas Penales, dependiente de la Consejería de Justicia de la Generalitat, deberá avalar, algo que sucede en aproximadamente un 95 % de los casos.

El anuncio lo hizo ayer en rueda de prensa el secretario de Medidas Penales de la Generalitat, Amand Calderó , que, para tratar de ofrecer una imagen de neutralidad, optó por quitarse el lazo amarillo que suele lucir incluso en actos oficiales a favor de quienes considera «presos políticos», y que ahora cumplen condena por sedición en las cárceles de las que él es encargado. Tal vez por eso, y también por los roces entre Esquerra -que dirige la Consejería de Justicia- y Junts per Catalunya (JpC) sobre la clasificación de los presos, Calderó intentó sacudirse responsabilidad señalando lo evidente: «Las penas las imponen los jueces; la Generalitat no dicta las sentencias, solo le corresponde ejecutarlas» . ERC daba por hecho que se iba a proponer un segundo grado, mientras los posconvergentes dicen estar «decepcionados» por esta renuncia a la «semilibertad». Para entender este nueve episodio de la sempiterna guerra «esquerroconvergente» no hay que perder de vista que el calendario de la clasificación de los presos se atropella en el tiempo con las negociaciones de Esquerra y el PSOE para la investidura de Pedro Sánchez.

Las juntas de las tres prisiones, que conforman médicos, psicólogos y educadores, pero en las que el director de la prisión tiene voto de calidad, optaron por el régimen ordinario para los nueve presos. Pero la decisión no se adoptó por «unanimidad» sino tras «un intenso debate», según aseguró ayer Calderó, que, en todo caso, se negó a dar más detalles sobre las votaciones excudándose en la protección de los profesionales de las prisiones. Tras estas propuestas de las juntas de tratamiento, la secretaría de Medidas Penales tiene ahora dos meses para ratificar o no esta clasificación , aunque fuentes penitenciarias explican que tratarán de no agotar el plazo; en todo caso, no sería antes de Navidades. Luego, en un máximo de seis meses, las juntas de tratamiento deberán revisar esta clasificación inicial y podrán hacer cambios.

La fecha del aval, clave

La fecha del aval de esta secretaría de la Generalitat a la propuestas de las juntas es un elemento central, pues hasta entonces ni los abogados de los presos ni la Fiscalía podrán recurrir contra este régimen penitenciario. Hasta ese momento, además, no se les podría aplicar a los presos el artículo 100.2 del reglamento penitenciario, que permitiría flexibilizar este segundo grado asemejándolo en la práctica a las condiciones de «semilibertad» que tendrían en un tercer grado. Se trata de una posibilidad legal, que, en todo caso se aplica a una minoría de presos (lo tienen 472 internos en Cataluña de entre más de 8.000), pero se usó en el caso de Oriol Pujol, avalado luego por la Audiencia Provincial de Barcelona. A la Fiscalía, en todo caso, le resta la posibilidad de recurrir la clasificación de los líderes secesionistas, primero ante el juez de vigilancia penitenciaria y luego ante la Audiencia Provincial.

Permisos ordinarios

Pero más allá de la posible flexibilización de la estancia carcelaria de los políticos a través del 100.2 -o del 117, aplicado a Urdangarin, que permite salidas pero más encorsetadas-, la fecha en que pronuncie la Generalitat será importante en cuanto a los permisos ordinarios que permitiría a los presos salir puntualmente de prisión. Y es que estos permisos ordinarios tampoco se les podrán conceder hasta entonces. Para disfrutar de los permisos ordinarios, los presos habrán de haber cumplido un cuarto de la pena a la que fueron condenados. Los primeros beneficiarios serían los «Jordis», pues en su caso a mediados de enero habrá transcurrido ya para ellos un 25 % de la condena. Si la Generalitat, finalmente, avala pronto estos segundos grados, los líderes de las entidades secesionistas podrían salir algunos días a partir de ese momento. El régimen de segundo grado permite un máximo de 36 días al año de permisos ordinarios, mientras que con el tercer grado se podrían beneficiar de hasta 48. Todo ello, a mayores de las salidas diarias que los presos dispondrían a partir de una hipotética aplicación del artículo 100.2.

El último en poder beneficiarse de estos permisos ordinarios sería el exvicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, a quien de entre los nueve presos, el Tribunal Supremo impuso la condena más alta (13 años). No podrá obtener permisos hasta febrero de 2021.

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