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La Audiencia Nacional concluye que el ataque a la sede del PP no fue terrorismo

Daniel Pérez Berlanga comparecerá ante el juez de guardia en los juzgados de Plaza Castilla

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El presunto autor del ataque, el pasado viernes, a la sede central del PP, Daniel Perez Berlanga, comparecerá finalmente ante el juez de guardia de los juzgados de Plaza de Castilla.

Así lo ha acordado el juez de guardia en la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez, con informe favorable del fiscal. Tras analizar los hechos, la declaración policial que ha prestado el detenido y los efectos e instrumentos aprehendidos en el registro de su domicilio, el juez concluye que no se trata de un delito de terrorismo, que arrastraría la competencia de la Audiencia Nacional.

Los presutos delitos son «estragos», recogido en el artículo 346 del Código Penal, en concurso con delito de tenencia de sustancias explosivas, artículo 563, y delito contra las personas, artículo 138, todos ellos competencia de los juzgados de Madrid.

En su auto, el juez Gómez Bermúdez analiza las conductas que encajan dentro de los delitos terroristas, que persiguen una finalidad política, de subvertir el orden constitucional y de alterar gravemente la paz pública.

El juez explica que en los delitos terroristas (a diferencia de los que alteran gravemente la paz pública pero no son delitos terroristas) el fin último es subvertir el orden constitucional.

En el ataque de Daniel Pérez Berlanga al empotrar su veículo con bombonas de butano y fertuilizante, el juez no aprecia dato alguno que permita afirmar el carácter terrorista de la acción.

El magistrado recuerda que los propios investigadores concluyen que «el detenido actuó solo y sin relación ni cooperación, contacto o subordinación a otro u otros, por lo que ha de excluirse en este momento que pertenezca a una organización».

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