Primera RFEF

¿Por qué Manuel Mosquera puede entrenar el mismo año a dos equipos de la misma categoría?

El técnico gallego comenzó el curso con el Extremadura en Primera RFEF, categoría en la que acaba de firmar por el Talavera

El CF Talavera echa a Cea y se encomienda a Mosquera para lograr la salvación

Manuel Mosquera, en su etapa como entrenador del Extremadura Hoy

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El CF Talavera se enfrenta este domingo al Rayo Majadahonda en el partido en el que debutará, aunque no sentado en el banquillo debido a un problema burocrático, Manuel Mosquera , el entrenador que comenzó la temporada dirigiendo al Extremadura . El club de Almendralejo (grupo 1) ha militado antes de su expulsión en la misma categoría (Primera RFEF) que los toledanos (grupo 2), por lo que muchos aficionados pensaban que la entidad presidida por el exárbitro Muñiz Fernández podría cometer una ilegalidad que no es tal. Una modificación reglamentaria de la Federación Española de Fútbol, aprobada en 2020 por el CSD, autoriza que un preparador pueda dirigir, aunque solo en algunos casos, a dos equipos durante el mismo curso, una posibilidad que estuvo vetada durante muchos años y que generó situaciones tan curiosas como la que vivió Marcelino.

Destituido en el verano de 2016 por el Villarreal antes de que comenzara la Liga en Primera división, Marcelino no pudo dirigir aquel curso a otro club, a pesar de recibir varias ofertas, porque la entidad castellonense había tramitado ya su ficha. La modificación reglamentaria de la Federación aprobada en 2020 puso fin a situaciones como la que le tocó vivir al asturiano y que fueron denunciadas durante años por los entrenadores. Tras la aprobación de ese cambio, un técnico puede firmar con otro club si no ha dirigido a su equipo en un partido oficial, aunque su licencia estuviera ya tramitada. Una excepcionalidad que no se da en el caso de Manuel Mosquera , que esta temporada ha dirigido al Extremadura hasta su expulsión de la liga de Primera RFEF por dos incomparecencias.

El precedente de Raúl Garrido

Mosquera, sin embargo, tiene respaldo legal para dirigir al Talavera después de haberlo hecho antes con el Extremadura . Según el nuevo reglamento federativo aprobado en 2020, si en el transcurso de una temporada un club se retirase por decisión propia o fuera retirado por resolución del órgano competente, implicando, en uno u otro caso, su desaparición, los técnicos que ejercieran su función como tales podrán contratar sus servicios por otro, siempre y cuando no hubieran percibido íntegramente, o no les hubiesen sido garantizados, los emolumentos pactados en su contrato. Un posibilidad de la que, sin embargo, ya se benefició Raúl Garrido en 2015, cuando dirigió en Segunda B al Olímpic de Xátiva en Segunda B después de haberse sentado en el banquillo del Huracán Valencia , en la misma categoría, antes de su desaparición.

A pesar de ese importante avance para los técnicos, organizaciones como Cenafe (Centro Nacional de Formación de Entrenadores) siguen reclamando que un entrenador tenga la posibilidad de trabajar de forma inmediata cuando sale de un equipo profesional o no profesional. La entidad presidida por Miguel Galán considera que mantener limitaciones a esa posiblidad vulnera el artículo 35 de la Constitución , en el que se establece que «todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia». Además, según Cenafe, la limitación a los entrenadores vulnera la Carta Social Europea , en la que se recoge que «toda persona tendrá la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido». 

Mosquera en su presentación con el Talavera

«En el caso de Manuel Mosquera no estoy de acuerdo en la aplicación de esa excepcionalidad porque ésta se basa en que el Extremadura ha desaparecido y el técnico no va a cobrar más sus salarios. Sin embargo, en idéntica situación están los entrenadores que tras presentar su dimisión tampoco van a cobrar nada en lo que resta de temporada, pero a ellos no se les aplica la excepción de poder volver a entrenar en la misma temporada a otro equipo», lamenta Miguel Galán en declaraciones a ABC. «Sin duda, el artículo 162 del Reglamento General de la Federación es inconstitucional y atenta contra los derechos fundamentales de la persona recogidos en la Constitución Española», añade el presidente de Cenafe.

En este sentido, lanza una reflexión. «Si yo estoy trabajando en Unión Fenosa y me despiden y me pagan mi finiquito nada me impide trabajar al día siguiente en Iberdrola. No entiendo por qué si me despiden del Real Madrid no puedo entrenar al día siguiente al Barcelona, no se produce ninguna alteración ni adulteración de la competición sino al respeto al trabajo efectivo y a la libre circulación de los trabajadores en la Unión Europea», asegura Galán.

A pesar de contar con respaldo legal y de ser presentado este viernes por el CF Talavera, Manuel Mosquera no se sentará este domingo en el banquillo del CF Talavera por un problema burocrático al no haber firmado Víctor Cea, anterior técnico de los toledanos, el finiquito, lo que ha provocado el retraso de la inscripción del nuevo preparador.

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