San Fernando

Sin noticias de las banderas institucionales en San Fernando

La Ley 39/1981 afirma que la bandera de España tendrá que ondear en el exterior de todos los edificios públicos

Fachada del Ayuntamiento de San Fernando J.M

Jesús Mejías

El pasado 24 de noviembre la plataforma 3R Partido Político Local registraba en la Delegación Territorial de Regeneración, Justicia y Administración Local en Cádiz de la Junta de Andalucía un escrito en el que se ponía de manifiesto el incumplimiento de la Ley 39/1981, de 28 de octubre, en el que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas por parte del Ayuntamiento de San Fernando, debido a que en la facha del edificio municipal no ondean las banderas institucionales.

Se iniciaba por lo tanto un procedimiento administrativo por parte de la Junta de Andalucía y se requería al Ayuntamiento de San Fernando ampliación sobre la situación denunciado. Sería el 4 de enero cuando respondía el Consistorio exponiendo las causas de la tardanza en la colación de las banderas institucionales.

El Ayuntamiento de San Fernando informaba al organismo andaluz que una vez obtenida la autorización pertinente por la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico instalaría las banderas en las Casa Consistorial.

Sin embargo, en pleno mes de junio, seis meses después del requerimiento por parte de la Junta de Andalucía, el Ayuntamiento de San Fernando sigue sin colocar las banderas institucionales.

La plataforma 3R en un escrito denuncia que «el pasado 18 de febrero se ejecutaba un contrato público para la compra las mismas», en relación a las banderas.

«Nada se sabe de esas banderas» , denuncia la plataforma, debido a que recientemente «se hizo público el contenido de las actas de la comisión de Patrimonio Histórico de Cádiz de la Delegación Territorial de Cultura del primer trimestre donde no se encuentra reseña alguna».

Pide la plataforma a la alcaldesa Patricia Cavada a que «cumpla con ese requerimiento de legalidad y hágalo ya, los isleños quieren ver ondear su bandera azul, la verde y blanca, la roja y gualda, así como las 12 estrellas de la comunitaria».

¿Qué dice la ley?

En el artículo tercero de la Ley 39/1981, de 28 de octubre, se dice que «la bandera de España deberá ondear en el exterior y ocupar el lugar preferente en el interior de todos los edificios y establecimientos de la Administración central, institucional, autonómica, provincial o insular y municipal del Estado».

Mientras, el quinto artículo señala que «cuando los Ayuntamientos y Diputaciones o cualesquiera otras Corporaciones públicas utilicen sus propias banderas, lo harán junto a la bandera de España en los términos de lo establecido en el artículo siguiente».

Además, el sexto artículo de la citada ley señala que «cuando se utilice la bandera de España ocupará siempre lugar destacado, visible y de honor» y que «si junto a ella se utilizan otras banderas, la bandera de España ocupará lugar preeminente y de máximo honor y las restantes no podrán tener mayor tamaño».

Por lo tanto, el Ayuntamiento de San Fernando está incumpliendo la Ley 39/1981, de 28 de octubre, al no colocar la bandera de España, aunque tampoco se aprecian las banderas de Andalucía, San Fernando y la Unión Europea.

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