Tribunales

Caso Invercaria: El tribunal, perplejo por la «descoordinación» procesal de la Junta de Andalucía

Las dos entidades públicas Invercaria y la Agencia IDEA divergen en sus acusaciones en una de las piezas que van a juicio

Juan María González Mejías (izquierda) en los juzgados de Sevilla Jose Galiana

Antonio R. Vega

La Agencia IDEA y su sociedad Invercaria tienen muchas cosas en común y una estrategia judicial tan dispar que ha causado desconcierto al tribunal que va a juzgar una de las piezas de la macrocausa de Invercaria. Ambas forman parte del entramado de la Junta de Andalucía. Ambas ejercen la acusación particular, por separado, en distintas ramas del caso de supuesto desvío de fondos públicos a través de inversiones y préstamos concedidos a empresas, muchas de ellas ruinosas. Y ambas acusan al expresidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo y a Antonio Nieto Garrido , exdirector financiero de la empresa pública (que ahora se llama Venture Invercaria S.A.U.), por perdonarles los préstamos personales que les dieron a dos exdirectivos, permitiendo así que «obtuvieran un lucro indebido en detrimento» de Invercaria. Pero ahí terminan las similitudes entre Invercaria y la agencia IDEA.

La sociedad pública especializada en el capital riesgo financió con 60 millones de euros un total de 276 proyectos entre 2005 y 2010 , a veces sin que mediara el más mínimo análisis ni valoración técnica, sin documentación ni petición formal.

Mientras la abogada que representa a Invercaria en esta última pieza pendiente de juicio ha aparcado reclamar la responsabilidad civil a los dos acusados, reservándose el derecho a hacerlo «después de terminado el juicio», el letrado que ejerce la acusación por parte de IDEA, propietaria de Invercaria, sí ha pedido que se les abra una pieza separada de responsabilidad pecuniaria por el dinero supuestamente distraído a las arcas públicas. Aparte de los citados directivos, se van a sentar en el banquillo el exconsejero delegado Juan María González Mejías, sobrino del expresidente del Gobierno Felipe González, y el exdirector de Promoción Cristóbal Cantos.

Mediante un auto del pasado 11 de mayo por el que admite y rechaza una serie de pruebas solicitadas por las partes para el juicio de esta pieza, cuya fecha se fijará tras el estado de alarma, la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla califica de «extraña» la «aparente descoordinación» existente «entre una sociedad anónima de capital público y su única accionista también pública». La sala, que tiene como ponente al magistrado Carlos Luis Lledó , señala que «es precisamente dinero de la entidad Invercaria el que se dice malversado, algo incuestionable más allá de que pueda reputarse público o no ese capital». Con esta convicción, considera que es Invercaria «el único perjudicado que ostenta propiamente la cualidad de tal» y, por tanto, esta empresa pública –y no la agencia IDEA, su propietaria– la «única legitimada en derecho para ejercer las oportunas acciones civiles que pueden derivar de los hechos enjuiciados».

Como Invercaria se ha reservado este derecho pero no ha renunciado al mismo, impide que la Fiscalía pueda pedir cualquier restitución, reparación o indemnización, y «se limitará a pedir el castigo de los culpables».

La agencia IDEA solicita la responsabilidad civil a los acusados, pero Invercaria rehúsa pedirla por ahora

La abogada que firma el escrito de acusación en representación de Invercaria, Elia Hernández, defendió en 2012 a una de las investigadas , la expresidenta Laura Gómiz, en un pleito que interpuso contra su despido un exdirectivo y subordinado suyo, Cristóbal Cantos, que está acusado en esta pieza. El juez tumbó la demanda. Gómiz está siendo defendida en otras piezas del caso Invercaria por el mismo despacho al que está asociada la letrada de la acusación. La dirección actual de la sociedad pública y la letrada negaron que exista «ningún conflicto de intereses» al tratarse de procedimientos de distinta naturaleza, uno laboral y otro penal. Elia Hernández declaró a ABC que se ha guiado siempre con criterios «estrictamente jurídicos».

En el auto, la sala pide colaboración a las partes para que se hagan cargo de la crisis sanitaria del Covid-19 y no aprovechen las vías de «nuestra vetusta ley procesal» para «dilatar sine die la celebración del juicio en detrimento» de los acusados y «toda la sociedad que demanda una respuesta que «permita restablecer la paz social frente a eventuales o posibles ilícitos que generan no poco desasosiego». Según el tribunal, la pandemia ha causado, y va a seguir haciéndolo, «indudables efectos negativos en una ya maltrecha administración de justicia», en contra de las pretensiones de la sociedad de celebrar el juicio «en un término no remoto».

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