CASO ERE ANDALUCÍA

Los acusados en el caso ERE no evitan ser investigados en el resto de las piezas de la macrocausa

Las ayudas concretas no son objeto de este juicio, concluye la Audiencia de Sevilla

Imagen de la sala donde se juzgan a los acusados de los ERE en Sevilla EFE

A.R. VEGA

El principal dilema al que se enfrentaba el tribunal del caso ERE era determinar si va a juzgar a los acusados por crear un sistema supuestamente delictivo para repartir ayudas públicas o si, además, van a ser enjuiciados por cada una de esas ayudas que se dieron con su participación y connivencia. Es decir, si van a afrontar un juicio o decenas de ellos. Ante esta disyuntiva, planteada por la Fiscalía entre sus cuestiones previas, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla concluye que «las ayudas individuales no son objeto de enjuiciamiento en la presente causa, y no porque así lo interprete este tribunal, sino porque así se desprende de las resoluciones firmes que obran en la causa». El tribunal considera, pues, que este juicio no es incompatible con los otros 270 que tendrían que celebrarse por cada una de las ayudas concedidas con cargo al fondo de los ERE tras la división de la macrocausa en piezas.

Múltiples interpretaciones

Esta aseveración del tribunal que juzga a los 22 ex altos cargos de la Junta ha tenido la extraña virtud de contentar a la vez a las defensas y a algunas acusaciones. Está sujeta a múltiples interpretaciones. Mientras el PP andaluz estima que la Audiencia «ha hecho lo que han pedido los fiscales» para delimitar el objeto del juicio, algunos letrados de los políticos acusados consideran, al contrario, que «nada cambia» respectos a sus patrocinados . Y argumentan que la Sección Séptima ya ha dictaminado que si un ex alto cargo está encausado en la pieza política —que engloba todas las subvenciones concedidas por la Consejería de Empleo— no puede ser juzgado por cada una de esas ayudas que dio de manera aislada.

Esta decisión de los magistrados de la Sección Séptima, discutida por la Fiscalía, ha dado pie a la exclusión masiva de políticos en piezas separadas de la macrocausa por las distintas ayudas concedidas. El argumento es que «no pueden ser investigados, acusados y enjuiciados dos veces por los mismos hechos».

No procede la solicitud formulada por el Ministerio Fiscal de devolver las actuaciones al órgano instructor

¿Qué dice exactamente el tribunal? Afirma que «este proceso, al incoarse con entidad procesal propia, nada tiene que ver, ni con los autos resolviendo apelaciones dictados por otras Secciones de esta Audiencia, ni con las incidencias de cada uno de los procedimientos que se están tramitando», por lo que, en este sentido, «no procede la solicitud formulada por el Ministerio Fiscal de devolver las actuaciones al órgano instructor». Y añade: «Tampoco nos corresponde, como alternativamente solicita el Ministerio Fiscal, aclarar de manera expresa y taxativa resoluciones judiciales firmes recaídas en esta causa, ni confirmar el objeto de enjuiciamiento».

Para la Sección Primera, «resulta claro que en esta pieza separada no pueden ser enjuiciados hechos por los que se siguen otras piezas separadas», ya que «ello iría en contra de la intangibilidad de las resoluciones judiciales firmes y de la seguridad jurídica».

Abogados defensores creen que este auto de resolución de las cuestiones previas tiene la virtud de evitar que los beneficiarios de ayudas puedan pedir el archivo de actuación contra ellos porque en la misma pieza estén excluidos quienes les dieron los fondos.

Juez legal

Por otro lado, el tribunal rechaza la cuestión previa planteada por una defensa que alegó la «vulneración» del derecho al juez ordinario predeterminado por la Ley en relación con la actuación del juez Álvaro Martín. José María Mohedano, abogado del exdirector general de Presupuestos, Antonio Vicente Lozano, solicitó, bajo este argumento, la nulidad de las actuaciones por atribuirse «la instrucción de la presente causa penal» a un juez en comisión de servicios para refuerzo del Juzgado.

La Audiencia niega la mayor en su auto . Cree que «no se ha designado ningún juez ad hoc para tramitar una causa ya iniciada, sino que se ha procedido con arreglo a la estricta legalidad y atendiendo a las evidentes necesidades derivadas del retraso que se había originado por la acumulación de asuntos de una gran envergadura en un solo Juzgado y en un solo juez».

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