TRIBUNALES

El Supremo avala el despido del exsecretario general andaluz de la UPA

La organización agraria destaca que la resolución valida la legalidad del cese de Agustín Rodríguez

Agustín Rodríguez, exsecretario general de la UPA de Andalucía

Javier López

El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que valida el despido de Agustín Rodríguez como secretario general de la Unión de Pequeños Agricultores (UPA). El órgano destaca en su resolución, contra la que no cabe recurso, que la organización agraria ha cumplido con la legalidad y confirma que los hechos que originaron el proceso hace 4 años están plenamente justificados.

«UPA es una organización garantista», ha dicho el exsecretario general en Jaén, Cristóbal Cano , al conocer el auto del Tribunal Supremo que avala el proceso de cese, expulsión y despido de Agustín Rodríguez. Un auto que cierra la vía judicial abierta por que fuera máximo responsable de UPA Andalucía tras su abrupta salida de la organización.

La organización agraria ha resaltado que todos los pronunciamientos judiciales le han sido favorables desde noviembre de 2015, lo que confirma, en su opinión, que los hechos que originaron este proceso fueron correctos. Además, ha expuesto que ha quedado manifiesta la subordinación de las estructuras provincial y regional a la UPA federal, que actuó «en defensa de los intereses de la organización».

«La justicia, una vez más, nos da la razón. Pero. ahora, no es una sentencia cualquiera, sino un auto del Tribunal Supremo que avala la legalidad de todas nuestras actuaciones. Para nosotros es una magnífica noticia , porque se demuestra que cumplimos la ley», ha expuesto Cristóbal Cobo.

El auto, ha añadido, «cierra una fase judicial que algunos han querido alargar durante tres años con la intención de hacer daño a la organización. Han buscado, en todo momento, el quebranto económico de UPA y ahora ven cómo no tienen derecho a una indemnización de 86.000 euros . Dinero que estaba depositado y que nos será devuelto»

El máximo dirigente provincal de la UPA ha añadido que también se ha querido desprestigiar a la organización, «y no lo han conseguido por cuanto seguimos siendo una organización de referencia para los agricultores jiennenses».

En el auto el Supremo respalda el fundamento de la sala de lo social del TSJA que no acredita que la relación del actor (Agustín Rodríguez) con UPA Andalucía y UPA Jaén sea laboral, «pues no concurren las notas de ajenidad y dependencia típicas de la presentación laboral. En efecto, el actor, como miembro de la comisión ejecutiva y secretario general de las organizaciones».

El auto añade que Agustín Rodríguez, como miembro del comité ejecutivo de UPA Andalucía y en el ejercicio de sus funciones de director general y presidente ejecutivo de UPA Jaén, suscribió varios contratos en los que figura como representante de la empleadora y empleado : «Se valora especialmente que el actor no estaba sometido al poder rector de las codemandadas y que ostentaba amplios poderes inherentes a sus cargos. Sin que la realización de algunas tareas administrativas por propia iniciativa del actor obste a la exclusión del carácter laboral de la relación».

Para Cano «con el portazo judicial dado al antiguo secretario general de UPA Jaén queda claro que el daño que ha intentado hacer en la honorabilidad, legalidad y buen nombre de nuestra organización no ha conseguido ejecutarlo. Y como epílogo final de este triste episodio, desde la actual comisión ejecutiva de UPA Jaén, nos quedamos con lo que venimos haciendo desde nuestra entrada a la dirección de la organización». Que es, ha aclarado, « trabajar por los agricultores y ganaderos de la provincia».

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