Espectáculos

Los seguros tendrán que cubrir también a los corredores de fiestas taurinas populares de Córdoba

la Junta trabaja ya en la modificación del decreto que regula estos festejos de lidia, muy populares en la provincia

El toro de cuerda de Carcabuey Efe

Rafael Ruiz

Muchos municipios andaluces celebran sus festividades patronales con festejos taurinos populares como el toro de cuerda de Carcabuey o los encierros de El Viso , en Los Pedroches. Y la Junta de Andalucía ultima un decreto que modifica la regulación que existe sobre la celebración de estos acontecimientos que se salen del reglamento taurino habitual de las corridas de toros . La norma, que se encuentra en estos momentos en fase de audiencia pública, incrementa sustancialmente la protección de las personas que participan en los encierros. De los que van simplemente a ver y de los que se acercan a los toros.

Hasta el momento, este tipo de festejos se celebraban bajo el amparo de un decreto aprobado en 2003 por el Gobierno andaluz. Uno de los cambios es que se elevan sustancialmente las primas de los seguros obligatorios y se amplía el número de personas que estén acogidas al mismo. El decreto original, el que se pretende remodelar, ya afirmaba que los organizadores de este tipo de eventos, particularmente ayuntamientos o entidades ciudadanas, tenían que contar con una póliza obligatoria para «espectadores o terceras personas» así como bienes que pudieran verse afectados por el desarrollo del festejo.

La nueva redacción en la que está trabajando la Junta de Andalucía amplía la cobertura a «participantes y colaboradores» de forma que quien se ponga a correr delante de un toro también se encuentre cubierto en el caso de cogida o accidente . Una de las cuestiones que es preciso aclarar es que este tipo de reglamentos fija los mínimos obligatorios que tienen que cumplirse para que se produzca la autorización gubernativa del festejo. Eso quiere decir que puede haber organizadores que ya estén contratando este tipo de pólizas ampliando lo que dice la pura letra de la norma.

La nueva redacción amplía considerablemente el dinero que se percibiría en caso de cogida porque lo que antes era un tope máximo ahora es un mínimo . En el caso de accidentes, el seguro obligatorio mínimo pasa a ser de 50.000 euros por muerte o invalidez absoluta permanente causada durante el festejo. La cobertura base de hospitalización ascenderá a seis mil euros . Por su parte, la responsabilidad civil por fallecimiento o invalidez absoluta permanente o daños materiales es de 151.000 como mínimo . Se trata de una cantidad por festejo. La norma mantiene tal cual las exigencias para participar en un encierro o fiesta popular con toros. En concreto, un mínimo de 16 años de edad , no estar bajo los efectos del alcohol o drogas y no portar armas o cualquier elemento (como un vaso de cristal) que pueda generar daños a los participantes o a otras reses.

Sobre las características de los animales, se mantiene la obligación de que no se suelten machos con más de ocho años ni hembras con más de doce. Sin embargo, se añade una coletilla y es que en ningún caso serán menores de un año. El decreto en elaboración refuerza la prohibición de utilizar reses en varias sueltas con el objetivo de evitar riesgos innecesarios. Una vez acabado el festejo, el animal ha de ser sacrificado sin presencia de público y evitando sufrimientos innecesarios. Con carácter general, dar muerte a toros en este tipo de festejos está prohibido en la comunidad autónoma de Andalucía aunque se recogen determinadas excepciones de localidades donde esta parte del reglamento no se aplica. Originalmente, entre las excepciones se encontraba Carcabuey dado que la norma original también prohíbe el uso de sogas o maromas. El proyecto de decreto que tramita la Junta de Andalucía elimina la referencia a la localidad cordobesa famosa por el toro de cuerda.

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