AYUNTAMIENTO

La memoria judicial de PSOE e IU en Córdoba: los tribunales enmiendan su gestión del pasado mandato

El anterior cogobierno local suma fallos en contra: el fallido tanatorio, el Festival de las Callejas y la Memoria Histórica

Pedro García (IU) e Isabel Ambrosio (PSOE) en su etapa como edil de Urbanismo y Turismo y alcaldesa R. SERRANO

Baltasar López

Gracias a los pactos postelectorales , el pasado mandato , el PSOE , que ostentó el bastón de mando de Córdoba por primera vez en el actual periodo democrático, e IU dirigieron la capital . Pudo ser un trampolín al éxito o un tobogán al fracaso. Su gestión les llevó a lo segundo y en 2019 el PP volvió a ganar las municipales y logró la Alcaldía en un cogobierno con Cs. Pero a estas dos fuerzas de izquierdas sus «fallos» del ciclo municipal 2015/2019 les siguen persiguiendo en la actualidad. La pasada semana, se conocieron dos sentencias que suponían contundentes varapalos para aquel bipartito de los socialistas y la coalición de izquierdas.

La más relevante es la del juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 que ha declarado ilegal la licencia municipal que concedió el pasado mandato la Gerencia de Urbanismo , dirigida entonces por IU , para construir un nuevo tanatorio en San Rafael promovido por Cecosam (empresa municipal de cementerios), que pilotaban los socialistas . El cogobierno de izquierdas se empeñó en resucitar las siempre maltrechas cuentas de esa sociedad con este proyecto, pese a las enormes dudas legales que despertaba y que la Justicia ha confirmado.

La sentencia es rotunda . Evidencia que los anteriores rectores de Capitulares se empecinaron en retorcer la reglamentación municipal hasta apartarse de ella. El fallo apunta que no se puede hacer un tanatorio en San Rafael ni en cualquier otra zona urbana de la ciudad. El Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) no lo permite. PSOE e IU querían acometerlo en el cementerio de San Rafael, porque su cercanía a zonas habitadas incentivaría su utilización por las empresas de seguros de decesos que tendrían el gancho de la facilidad de acceso.

El anterior gobierno local alegaba que lo que iba a hacer no era un tanatorio , porque en esas futuras instalaciones no se cremaría, sino que sólo se harían velatorios y las ceremonias de despedida de los difuntos.

La s entencia considera que lo que quiso hacer el c ogobierno PSOE-IU era un tanatorio , dado su coste (1,8 millones), su diseño o la firma que eligió para su desarrollo. El fallo también dedica un apartado al sonrojante episodio en el que Urbanismo cambió al funcionario que elaboró un informe rotundamente negativo a la concesión del permiso a estas instalaciones. El expediente lo asumió un alto cargo de Urbanismo que convirtió todos los reparos en admoniciones, con lo que el informe fue positivo con condiciones.

La sentencia asegura que el número de correcciones que había que hacer; parte de las cuestiones a las que afectaban; la existencia de un primer documento en que se rechazó el permiso más «el déficit de motivación sobre las subsanaciones del proyecto posteriormente presentado» llevan a este juzgado a considerar «anulable la actividad recurrida» . Desde el PP se ha denunciado que el diseño de estas fallidas instalaciones costó a las arcas municipales 115.000 euros.

La pasada semana, además, se conocía otra resolución del juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 que obligaba al Ayuntamiento a pagar 57.849 euros por la organización del Festival de las Callejas de 2018 , celebrado el pasado mandato. Aunque para festival de críticas el que hace el fallo de cómo se gestionó este evento por parte del Instituto Municipal de Turismo , que dirigía entonces IU .

La sentencia asegura que « el expediente de contratación» tramitado por este ente del Consistorio estuvo « plagado de irregularidades , hasta el punto de que ni se llegó a aprobar por el órgano competente ni a firmar la vinculación ». El carrusel de reproches de la resolución judicial sigue cuando se indica que se produjo «un incumplimiento flagrante , únicamente imputable al Imtur, del procedimiento administrativo » al impulsar este evento. El juzgado consideró que la empresa debía cobrar porque ejecutó el encargo que le hizo por la Administración municipal, independientemente de la forma en que ésta tramitó dicho encargo.

Memoria Histórica

Quienes fueron alcaldesa, Isabel Ambrosio (PSOE), y e dil de Urbanismo y Turismo ( titular por tanto del Imtur), Pedro García (IU) , el pasado mandato siguen teniendo hoy acta de ediles y son los líderes de los respectivos grupos municipales de estas formaciones. Y no ha sido esta la única ocasión en la que los fantasmas del pasado mandato les han venido a visitar en forma de sentencias.

En la segunda mitad de 2019 , con PP y Cs ya dirigiendo la ciudad, vieron cómo los tribunales tumbaban dos decisiones que adoptaron PSOE e IU de enorme valor simbólico en materia de Memoria Histórica para las fuerzas de izquierda: las de sacar del callejero la plaza de Cañero y Cronista Rey Díaz . Los juzgados dictaminaron que estos cambios en el nomenclátor no estaban amparados por la legislación de Memoria Histórica.

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