Semana Santa Cádiz

Las cofradías de Cádiz, más cerca de estar exentas del IVA de las sillas

El Tribunal Económico Administrativo resuelve a favor de la reclamación presentada por el organismo gaditano

A. M.

Los cofradías gaditanas estaán de momento exentas de pagar el IVA de la carrera. Esta es la conclusión a la que ha llegado el Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía tras analizar la impugnación realizada por el Consejo de Cofradías de Cádiz al cobro del 21 por ciento aplicado por la Agencia Tributaria en 2019 .

La pasada semana el organismo de la calle Cobos recibía la resolución a la reclamación interpuesta y en la que se incide en el carácter de las hermandades, así como en los antecedentes y en lo que está recogido en la norma. Hay que recordar que las cofradías estaban exentas de declarar del IVA desde el año 2004 cuando se ganó una complicada pugna con Hacienda que desistió de reclamar dicho tributo a las hermandades y cofradías ya que se entendía que no había un ánimo de lucro y además están dentro del acuerdo de la Santa Sede con el Gobierno español.

Fue posteriormente, en 2019, cuando una consulta de una corporación murciana desataba una orden contraria ya que instaba a los Consejos de cofradías a que tenían que repercutir para el año 2020 el 21% de IVA a los abonados de la Carrera Oficial . En ese año el Consejo Local de Hermandades de Cádiz soportó el IVA pero no repercutió porque finalmente como ya se sabe se suspendió la Semana Santa.

La resolución que ha recibido hace una semana el Consejo gaditano es favorable ya que en ella se especifica que no se debe abonar el IVA de sillas y palcos, asimismo se indica que para hacer la aplicación de ese IVA habría que cambiar la normativa, y a su vez, se expone que se le podría repercutir el 10% y no el 21% , por ser una actividad cultural.

Igualmente el Tribunal Económico destaca que el Consejo Local de Hermandades de Cádiz cumplió con su obligación a pesar de estar recurrida la resolución para evitar posibles sanciones y requerimientos. En conclusión esgrime que «a nuestro juicio, la exención reconocida por este Tribunal debe seguir siendo de aplicación. Lo que conduce a la estimación de la reclamación y a la anulación del acuerdo desestimatorio expreso».

No obstante, hay que señalar que ante este dictamen cabe interponer recurso por lo que de momento hay que mantener cierta prudencia, tal y como explica Juan Carlos Jurado , presidente del Consejo Local. «Esta resolución no sería de aplicación de forma inmediata. Habría que esperar los plazos correpondientes. Hasta que no se comunique que es firme seguimos con esa obligación, aunque es un paso importante en defensa de los intereses de los abonados y las hermandades. Para este año se ha aplicado el 21% a los abonados porque ya se había procedido a la venta. Hasta que no se resuelva definitivamente no cabe adoptar ninguna decisión con respecto al IVA que se ha repercutido en este 2022 a los abonados ».

El Consejo Local de Cádiz ha sido el primero de Andalucía en recibir esta resolución favorable . A él se unía este jueves Sevilla.

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