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¿Qué es un testigo protegido?

La ley establece una protección especial para testigos con riesgo para su integridad; omitir sus apellidos y domicilio, impedir que se le fotografíe e incluso escolta policial

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Lo vemos a diario en las series policíacas en las que salen muy a menudo. Pero, ¿qué es en España un testigo protegido? ¿Y qué significa eso? La normativa española de protección de testigos está regulada en la Ley Orgánica 19/1994, de 23 de diciembre, de protección a testigos y peritos en causas criminales.

Se trata de una norma que prevé una protección especial para cuando en algunos procedimientos judiciales se producen reticencias de los ciudadanos a colaborar con la policía judicial y la adminstración de Justicia en determinadas causas penales por el temor a sufrir represalias.

Como ese temor causa con frecuencia que no se pueda contar con testimonios y pruebas muy valiosos en estos procesos, la norma establece unas medidas que se imponen en función de grado o riesgo de peligro para el testigo en cuestión.

La más normal es preservar la identidad de los testigos y peritos, su domicilio, profesión y lugar de trabajo.

Para ello, se prevé en en las diligencias que se practiquen no conste nombre, apellidos, domicilio, lugar de trabajo y profesión, ni cualquier otro dato que pudiera servir para la identificación de los testigos. Normalmente se utiliza otro falso o cualquier otra clave.

Para las comparecencias también se prevé que se utilice cualquier procedimiento que imposibilite su identificación visual normal. Y que se fije como domicilio a efectos de citaciones la sede del órgano judicial que le remitirá esas diligencias al testigo protegido.

También incluye evitar que a los testigos o peritos se hagan fotografías o se tome su imagen por cualquier otro procedimiento. E incluso una vez finalizado el procedimiento, si persiste el peligro grave puede brindarsele protección policial.

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