El TSXG confirma la sentencia contra el hombre que mató a otro con una plancha en Nigrán

El tribunal da por válida la condena de 11 años y 3 meses impuesta por la Audiencia Provincial de Pontevedra

Exteriores de la casa consistorial de Nigrán (Pontevedra) EFE

ABC.ES

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) viene de desestimar el recurso de apelación de la defensa de Igor.V., el hombre condenado por matar a otro con una plancha en Nigrán , y da por válida la condena de once años y tres meses de prisión impuesta por la Audiencia de Pontevedra por un delito de homicidio.

Los hechos se remontan a una noche de junio de 2016, día en que Igor.V propinó un «fuerte golpe» en la cabeza a R.S. valiéndose de una plancha. Según la sentencia de la Audiencia, el agresor «era consciente» de que la embestida «podría causarle la muerte, aunque este resultado no fuera el deseado, y ún así decidió golpearlo» . La defensa del condenado interpretó en todo momento que la agresión había sido en defensa propia y el tribunal concedió que, dada la buena relación entre ambos, no existía dolo directo (aunque sí eventual) ni concurría el agravante de abuso de superioridad, como tampoco el eximente de legítima defensa y miedo insuperable. En el momento de la agresión, R.S se encontraba sentado y con sus facultades afectadas por el alcohol.

Ahora, los magistrados del TSXG, en un auto con fecha de este lunes 7 de mayo, desestiman el recurso de apelación interpuesto por los letrados de Igor V. y hacen referencia al «incombatido relato histórico o fáctico de la sentencia apelada» que «declara probados los hechos en que se basaba centralmente la acusación ejercida por el Ministerio Público» .

Estos hechos, según recuerdan, eran «conducentes a la apreciación de un delito de homicidio previsto y penado en el artículo 138.1 CP, alestimar la existencia de dolo eventual en la conducta de I. V.». La sentencia condenatoria, además, obligaba a Igor. V. a pagar una indemnización de 120.000 euros .

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