El decreto firmado por Puigdemont no detalla el origen del censo para poder realizar el referéndum

La información sobre las mesas electorales y los puntos de votación sólo se sabrán diez días antes del 1-O

AGENCIAS

El decreto de normas complementarias del referéndum del 1 de octubre que ha firmado el presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont , no detalla el origen del censo y se limita a afirmar que se utilizará el que «se haya cerrado el día 30 de marzo de 2017».

Así, se mantiene la incógnita de donde saldrán los datos de los votantes: la Generalitat siempre ha considerado que no hay problema con este tema, mientras que el Estado considera que el censo es su competencia exclusiva y no puede utilizarlo el Govern sin su permiso. El mismo decreto establece que el censo electoral 'es competencia de la administración electoral del Govern de la Generalitat de Catalunya bajo la supervisión de la Sindicatura Electoral de Catalunya' y se confecciona de acuerdo con lo que establece la ley que se ha aprobado en el Parlament este miércoles.

Los catalanes tampoco sabrán hasta el 20 de septiembre dónde podrán votar. La información sobre las mesas electorales y los puntos de votación del referéndum no se hará pública como mínimo hasta diez días antes de la consulta.

El decreto tampoco precisa el material del que estarán hechas las urnas y se limita a afirmar que será de 'un material resistente con una tapa que incluirá una ranura en el centro por donde se introducirán los votos'.

El Govern no exigirá una participación mínima y los resultados serán 'vinculantes': si gana el 'sí', la ley de transitoriedad jurídica entraría en vigor y el Parlament declararía la independencia en 48 horas --podría alargarse porque se habilitarán unos días por si alguien quiere impugnar o revisar los resultados--; si gana el 'no', se convocarían elecciones autonómicas.

Gastos

El decreto faculta al Govern a 'llevar a cabo la aprobación del gasto y las actuaciones administrativas necesarias para hacer efectiva la celebración del referéndum', incluyendo la aportación de los recursos humanos, materiales y tecnológicos de los que disponga.

Los gastos del referéndum también son un tema polémico: el Govern los incluyó en los Presupuestos de 2017 y el Tribunal Constitucional le advirtió de que no podría dedicar dinero a la votación.

Observadores internacionales

El decreto establece que la campaña electoral, que durará quince días, empezará a las 00,00 horas del 15 de septiembre y finalizará a las 24,00 horas del 29 de septiembre. En el texto se precisan las condiciones y criterios con los que los partidos políticos tienen derecho a acceder a los espacios electorales gratuitos de los medios de comunicación.

También se indica el procedimiento que deberán seguir los catalanes residentes en el exterior para poder ejercer su derecho al voto, así como el procedimiento de constitución de las mesas electorales. Los catalanes residentes en el extranjero solo podrán votar a través del correo postal porque solo habrá urnas en Cataluña, y no en puntos del exterior como pueden ser las delegaciones que la Generalitat tiene por todo el mundo. Para votar desde el exterior y por correo postal, deberán acreditar "el DNI o el pasaporte español" y este voto deberán enviarlo a la dirección que la Generalitat les enviará con la documentación. Las delegaciones de la Generalitat en el exterior serán las encargadas de la "custodia" de los votos recibidos y deberán elaborar un acta con el número de cartas recibidas.

Sobre el escrutinio electoral, el decreto afirma que quien lo realizará será la Sindicatura Electoral de Cataluña , y con respecto al "personal colaborador" será seleccionado de forma análoga a todas las convocatorias electorales precedentes, por lo que los funcionarios tendrán preferencia para ocupar estos puestos.

En otra parte del decreto, se indica que para el eventual referéndum del 1 de octubre habrá "observadores electorales internacionales" que tendrán que ser acreditados previamente ante la Sindicatura Electoral.

Voluntarios

Para poder llevar a cabo el 1-0, el Govern ha activado una bolsa de voluntarios para "dotarse de personal colaborador mediante un proceso de selección abierto a los ciudadanos" que contribuirá a la organización y ejecución del referéndum para blindar jurídicamente a los funcionarios.

Aquellas personas que quieran participar en la organización del 1-O deberán inscribirse en una bolsa de colaboradores gestionada por el Govern: los funcionarios que se apunten serán simplemente voluntarios, con "independencia de sus funciones y sin ninguna vinculación con su relación funcional".

Habrá cuatro tipos de voluntarios: representantes de la Administración --deberán estar en los colegios durante la jornada de votación--, coordinadores electores municipales --supervisarán el operativo electoral en los municipios--, coordinadores electorales comarcales --supervisarán a los coordinadores municipales en cada comarca-- y agentes electorales --con tareas de apoyo administrativo y logístico--.

Todos ellos estarán supervisados por la Sindicatura Electoral de Catalunya, que será el árbitro del referéndum y tendrá funciones similares a las de la Junta Electoral Central: la formarán 5 juristas y politólogos independientes nombrados por el Parlament que se encargarán del escrutinio y certificarán los resultados de la votación.

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