Rafael Catalá, ministro de Justicia
Rafael Catalá, ministro de Justicia - Efe
Ley de enjuiciamiento criminal

El CGPJ aprueba por unanimidad el informe crítico con la intervención de las comunicaciones

Asegura que si no hay autorización judicial, el encaje constitucional es «dudoso»

Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado este lunes por unanimidad un informe sobre la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) que es crítico con la intervención de las comunicaciones sin autorización judicial previa. Sostiene que esta regulación, tal y como la concibe el Gobierno en el anteproyecto de ley, plantea «serias dudas de encaje constitucional».

El texto del órgano de gobierno de los jueces, en cuyo borrador han participado los vocales Juan Manuel Fernández, Fernando Grande-Marlaska y Rafael Mozo, sostiene que los términos de la autorización judicial previa resultan claros del artículo 18.3 de la Carta Magna, y que de hecho el artículo 55.2 de la Constitución solo se refiere a la suspensión del derecho al secreto de las comunicaciones en los casos de bandas armadas o terrorismo.

Por eso «no se identifica en principio el fundamento constitucional de la intervención de la comunicación».

El anteproyecto del Gobierno debatido esta mañana por el Consejo prevé que la Policía pueda prescindir de esa autorización judicial previa «en caso de urgencia» y para investigar delitos cometidos por organizaciones criminales, de terrorismo, contra menores u otros de especial gravedad. Esa intervención de las comunicaciones partiría del ministro del Interior o del secretario de Estado de Seguridad y sería comunicada en un plazo máximo de 24 horas al juez, que tendría que validar o anular la medida en 72 horas.

El CGPJ también considera preciso«reflexionar acerca del riesgo» que comporta fijar un plazo de prórroga de la intervención de las comunicaciones que puede llegar hasta los dos años.

Plazos para la instrucción

En cuanto a la fijación de un plazo máximo para la instrucción -seis meses para las causas ordinarias y dieciocho meses, prorrogables, para las complejas-, el texto aprobado por el Consejo señala que «además de superar el anacrónico y poco realista plazo de un mes previsto» actualmente, propicia el avance del proceso hacia la fase intermedia. Sin embargo, se considera que «debería permitirse la prórroga del plazo máximo de la instrucción ordinaria por igual periodo de tiempo», tal y como se prevé para las causas complejas, y que esta petición puedan hacerla las partes, además del fiscal.

En el borrador que se ha llevado hoy al Pleno los ponentes explican que la valoración del texto remitido por el Gobierno «ha de ser necesariamente positiva» porque es el resultado «de una concepción ágil y moderna de la justicia penal», garantiza los derechos fundamentales y «se presenta como el baluarte de una futura y completa, al tiempo que inaplazable, regulación de la justicia penal que responda las exigencias de la sociedad actual».

Ver los comentarios