Sociedad

Un juez exime de pagar el canon digital a una empresa de informática

BARCELONA. Actualizado: Guardar
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Un juez ha eximido a una empresa de informática de pagar más de 18.000 euros a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) correspondientes al canon digital , tras considerar que ésta ha hecho una aplicación «indiscriminada e injustificada» de esta tasa que grava posibles copias de productos protegidos por la Propiedad Intelectual.

La sentencia da la razón a la empresa de informática que basaba su defensa en que la SGAE no podía acreditar que los soportes o materiales adquiridos -CDs, grabadoras de CDs, DVDs y reproductores de MP3- y luego vendidos se utilizaran para copiar.

Según el fallo -apoyado por la interpretación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJCE)-, el método utilizado por la SGAE para determinar las adquisiciones de material entre 1999 y 2004 impedía distinguir los productos vendidos a particulares de los vendidos a empresas o profesionales, por lo que ha considerado «indiscriminada» la aplicación del canon.