¿Qué multa puede caerte si encuentras dinero en la calle y no lo devuelves?

De acuerdo a la normativa actual, quedarnos con el importe podría suponer un delito de apropiación indebida

Imagen de archivo ABC

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Vas caminando por la calle y te encuentras con una cartera con una determinada cantidad de dinero en su interior. Pese a que el primer pensamiento puede ser el de quedarte con el dinero (u otros objetos), el código penal estipula una multa al considerar esto como apropiación indebida.

Así, según el artículo 253, «serán castigados con las penas del artículo 249 o, en su caso, del artículo 250, los que, en perjuicio de otro, se apropiaren para sí o para un tercero, de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble , que hubieran recibido en depósito, comisión, o custodia, o que les hubieran sido confiados en virtud de cualquier otro título que produzca la obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido».

«Si la cuantía de lo apropiado no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a tres meses», señala el CP, que también recoge en el artículo 254 lo siguiente:

«Quien, fuera de los supuestos del artículo anterior, se apropiare de una cosa mueble ajena, será castigado con una pena de multa de tres a seis meses. Si se tratara de cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico, la pena será de prisión de seis meses a dos años. Si la cuantía de lo apropiado no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a dos meses ».

¿Qué hacer?

En caso de encontrar dinero o un objeto del que no seamos dueños legítimos, hay que depositarlo o bien en las dependencias de la Policía Local del municipio donde fue encontrado el objeto, o bien en la oficina de Objetos Perdidos del municipio o ciudad (si la hubiera).

En este sentido, muchas ciudades disponen de oficinas para la recepción y devolución de los objetos perdidos encontrados en el transporte o la vía pública. Una vez entregado, pueden pasar dos cosas:

1 - Si el propietario aparece , el hallador (nosotros) tendrá derecho a una recompensa: la décima parte del valor del objeto. Si este valor es superior a 12 euros, la recompensa será de la vigésima parte.

2- Si el propietario no aparece tras dos años , el objeto encontrado quedaría legalmente otorgado a su hallador.

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