El Gobierno extiende la protección de datos a las personas fallecidas

El PP negocia las enmiendas de un texto que rebaja de 14 a 13 años la edad para consentir el tratamiento

La nueva ley reforzará el control de la protección de datos ABC
Paloma Cervilla

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El Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter General se encuentra inmerso en la fase final de su tramitación en el Congreso de los Diputados. El nuevo texto normativo viene a completar las lagunas que el primer reglamento europeo en esta materia ha dejado a discreción de los estados miembros . El documento de la UE entrará en vigor el próximo día 25, pero la legislación española no podrá estar aprobada para entonces, ya que la repetición de las elecciones generales en 2016 retrasó la redacción del anteproyecto.

Esta novedosa regulación digital de los datos personales ha recibido unas 400 enmiendas . El contenido viene a matizar o rectificar aspectos polémicos de un problema cada vez más extendido. Estas cuestiones son la necesidad de proteger con más eficacia los datos que manejan las empresas, las redes sociales e incluso los centros médicos y los bancos, entre otros.

Dos son las principales novedades que se incluyen en este proyecto de ley. Por un lado, rebajar de 14 a 13 años la edad para dar el consentimiento a la hora de tratar los datos personales. Por otro, extender la protección de estos datos a las personas fallecidas.

«Supervivencia digital»

En relación a esta última cuestión, la propuesta del Gobierno establece un régimen jurídico para que los herederos de las personas fallecidas puedan pedir la supresión o rectificación de sus datos. Se trata, según han asegurado a ABC fuentes del Grupo Parlamentario Popular, de regular la «supervivencia digital. Cuando una persona fallece deja parte de su personalidad en la actividad digital: páginas web, redes sociales, etcétera».

El artículo 3 del Proyecto de Ley remitido a las Cortes señala que los herederos podrán dirigirse al responsable del tratamiento de los datos, excepto si la persona falle cida «lo hubiese prohibido expresamente o así lo establezc a la ley». Igualmente, también podrán acceder a los datos «el albacea testamentario, así como aquella persona o institución a la que el fallecido hubiese designado expresamente para ello». Los requisitos y condiciones para acreditar la validez de este mandato estarán recogidos en un real decreto que tendrá que aprobarse posteriormente.

En caso de los menores, la propuesta legislativa establece que esta decisión estará en manos de sus representantes legales o, en el marco de sus competencias, del Ministerio Fiscal. Una situación similar sucederá con el fallecimiento de las personas discapacitadas, con el añadido de que también podrán solicitar la rectificación y supresión de los datos «quienes hubieran sido designados para el ejercicio de funciones de apoyo».

Testamento digital

Sobre este artículo de la ley, el PSOE ha presentado una serie de enmiendas que, a juicio de las fuentes consultadas, «van más allá de lo que se quiere regular» y ha añadido el concepto de «testamento digital». Los populares están estudiando todas las enmiendas «con el mayor interés y con la finalidad de alcanzar el mayor consenso . A priori no hay ninguna que sea rechazada y las estudiaremos».

El segundo punto importante es la rebaja de 14 a 13 años de la edad para dar consentimiento en el tratamiento de los datos. El reglamento de la UE deja abierta una horquilla entre 13 y 16 años para que cada estado legisle. España ha optado por los 13 años, después de las sugerencias recibidas por parte de asociaciones como «Pantalla Amiga». El PSOE en sus enmiedas propone 14, Podemos 16 y Ciudadanos no enmienda este punto. El Grupo Popular está «muy abierto al debate».

Al margen de estas dos cuestiones, el Gobierno también legisla sobre los ficheros de morosos. En este sentido, propone que ninguna persona con una deuda de menos de 50 euros pueda figuar en ellos.

El borrador de la nueva legislación ha sido fruto de un amplio debate. Primero a través de la ponencia creada en la Comisión General de Codificación , un órgano consultivo del Ministerio de Justicia. Posteriormente, se abrió una fase de información pública del texto, recibiendo múltiples alegaciones. Por último, antes de llegar al Congreso, varios organismos, entre ellos el Consejo de Estado, emitieron sus informes.

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