Condenada a una multa de 7.500 euros por el ruido de sus tacones

Un tribunal de Portugal da la razón a un matrimonio que se quejaba de los taconazos de su vecina a primera hora de la mañana

Alberto Saiz

Francisco Chacón

Una mujer ha sido condenada a pagar 7.500 euros a sus vecinos de abajo en Lisboa por el «ruido ilícito» que hacía con los tacones a horas intempestivas. También han influido los ladridos de su perro, que exasperaban al matrimonio de al lado y lo llevaron a plantarse ante los juzgados.

El caso se remonta a 2014, cuando Mario y María comenzaron a sufrir alteraciones en su tiempo de descanso a causa de los taconazos que daba Natividad a las 6.00 o 7.00 de la mañana.

¿Cómo era posible andar de esa manera y con ese tipo de calzado en esa franja horaria? ¿Era eso normal? Las molestias arrancaron en 2012 y no cesaban con el paso del tiempo.

Pero tal vez lo que más pesó fue el descubrimiento que hizo el marido. Se armó de paciencia una mañana y observó que, cuando la mujer en cuestión salía de casa, lo hacía con zapatos de suela de goma. Lo comprobó repetidas veces y llegó a la conclusión de que todo obedecía a un plan deliberado para perturbar con esos tacones el devenir cotidiano de la pareja.

El suelo de baldosa hacía el resto y el estruendo matutino los sacaba de sus casillas. Además, el calvario no terminaba al salir Natividad de su domicilio, sino que tomaba el relevo su perro ladrando sin parar.

Llamaron a la policía en varias ocasiones y explicaron a los agentes que solo una vecina que busca provocar «daños emocionales» podía desarrollar semejante actitud: levantarse, ponerse los tacones, hacer ruido y después marcharse con otro calzado distinto.

Por su parte, la acusada se defendió argumentando que Mario y María estaban obsesionados con ella. Les achacaba una patológica manía persecutoria… y entonces se vieron las caras ante un magistrado.

El primer envite se saldó con triunfo de la denunciada, quien rebosaba de satisfacción cuando la sentencia contra el matrimonio establecía la obligación de pagarle 6.250 euros.

No obstante, todo dio un giro al formalizarse el recurso. Sí, porque el Tribunal de Apelación de Lisboa ha propiciado una vuelta de campana en el desenlace: anula el dictamen anterior y reconoce que los vecinos de abajo tienen razón en sus quejas, probadas especialmente a través de testigos.

Tanto es así que algunos de los que apoyaron a Mario y María llegaron a declarar que la mujer andaba de manera «ruidosa» y que parecía «una cabra».

Para colmo, la cosa no mejoraba a lo largo del fin de semana, puesto que tomaba el relevo una aspiradora los sábados y domingos temprano. Total: esa pareja conciliaba el sueño durante solo cinco o seis horas diarias, lo que les animó a tomar cartas en el asunto porque su existencia se había convertido en un «infierno».

Los protagonistas del vuelco judicial fueron Tiberio Silva, Farinha Alves y María José Mouro. Sus conclusiones finales no admiten dudas: «Los ruidos innecesarios, que causan perjuicio, son siempre ilícitos, lo que se traduce en un uso anormal del edificio y en un abuso de sus derechos». Además, apuntan que Natividad era plenamente consciente de que sus taconazos interrumpían el descanso habitual de sus vecinos de abajo.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación