Mercasevilla

Mellet no es «merecedor» de la suspensión del ingreso en prisión por no pagar la multa por el cohecho

«Difícilmente quien no asume el error puede asumir el compromiso de no volver a delinquir», señala la Fiscalía sobre el ex director general de la lonja

Fernando Mellet, junto a su abogado, a la entrada de la Audiencia Raúl Doblado

Jesús Díaz

La Fiscalía de Sevilla se opone a la suspensión de la ejecución de la pena de prisión impuesta por la Audiencia Provincial al exdirector general de Mercasevilla , Fernando Mellet , por el impago de la multa a la que fue condenado en 2012 por solicitar una mordida de 450.000 euros a los empresarios del Grupo La Raza como condición para gestionar la escuela de hostelería de la lonja, que había sido subvencionada con 900.000 euros por parte de la Consejería de Empleo.

Ante la solicitud realizada por el exdirigente de Mercasevilla, el Ministerio Púbilco es claro: « No es merecedor de la concesión del beneficio de la suspensión de la pena privativa de libertad impuesta de 286 días de prisión, como responsabilidad personal subsidiaria del impago parcial de la multa pendiente de pago por un total de 478.108,27euros de los 600.000 euros fijado en sentencia».

En un auto dictado el pasado mes de marzo, la Audiencia fijaba en 286 días la responsabilidad civil subsidiaria personal a la que debía responder el condenado después de no hacer frente al pago de la multa. La defensa de Mellet, en un escrito elevado a la Sección Tercera de la Audiencia Provincial al que tuvo acceso ABC, se basa en el precedente de otro de los procesados en esta misma causa, el también exdirectivo de Mercasevilla, Daniel Ponce , a quien se le concedió esta medida en noviembre pasado.

Los dos condenados fueron sentenciados en 2012, tras un juicio celebrado con jurado, al pago de una multa de 600.000 euros , que en caso de impago sería sustituida por un año de cárcel y 21 meses de inhabilitación para empleo o cargo público. Daniel Ponce, que ha sido declarado insolvente, ha abonado 28.385,32 euros; mientras que Fernando Mellet ha pagado, según hace constar su letrado en el escrito, 121.891 euros más las costas de la acusación particular.

Posible alzamiento de bienes

Esta petición se produce pocos días después de conocerse la sentencia que lo condena por malversación de caudales públicos mientras estuvo al frente de Mercasevilla . En concreto, el tribunal lo consideró culpable de concederle una beca a la hija del presidente de los mayoristas del pescado . Se trata de una sentencia que está muy lejos de la condena de 24 años de prisión que solicitaba la Fiscalía .

Precisamente esta condena y otras causas en las que sigue como investigado Mellet por delitos de malversación y prevaricación son expuestas por la Fiscalía en su escrito, al que ha tenido acceso ABC, donde además indica que « no consta » que Mellet haya mostrado signo alguno de reconocer los hechos y de mostrar arrepentimiento por los mismos en la causa por el cohecho.

«Difícilmente quien no reconoce los hechos y asume el error puede asumir el compromiso de no volver a delinquir y, por otra parte, la sociedad exige y tiene derecho a que la amenaza sea eliminada», señala la Fiscalía. En este sentido, recuerda que la Audiencia, en la tramitación de la presente ejecutoria, ha ordenado deducir testimonio de particulares por si la conducta de Mellet en la venta de determinados bienes pudiera constituir un delito de alzamiento de bienes , lo que está siendo investigado por un Juzgado de Instrucción.

Las circunstancias de Mellet y Ponce son distintas para obtener este beneficio

Para la Fiscalía, el delito de cohecho es «una de las manifestaciones más palmarias de la corrupción de los cargos públicos» y la lucha contra la corrupción y el fraude es «una prioridad absoluta para la Unión Europea y por ende para el Estado español».

«La corrupción es una lacra de la sociedad y objeto de preocupación de la ciudadanía y el examen de la actividad judicial pone de manifiesto, por desgracia, el alcance y magnitud indeseada de la misma. La conducta corrupta generalizada es prueba de la necesidad del cumplimiento cabal de las penas y condenas. Por otra parte, la repulsa y alarma social frente a estos hechos resulta patente y clamorosa», añade el Ministerio Público en su escrito.

Por todo ello, es evidente que las circunstancias expuestas a valorar por la Audiencia respecto de Mellet son distintas de las tenidas en cuenta a la hora de decidir sobre la concesión a Ponce del beneficio de la suspensión.

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